Por el tiempo que dice se ha realizado la cubricion de la terraza estara prescrito. Si le demandan (que deberá ser aprobado en Junta) tendra que demostrar que lleva ese tiempo realizado, para poder probar la prescripción.
Si se aprueba en Junta ponerle una demanda, se pagara los gastos con el dinero de la comunidad y en el caso de haber fondos se puede aprobar una derrama.
Los gastos de zonas comunes, los pagará con el mismo porsentaje que paga los gastos comunes.