Volver al foro
F
ferluifer
13/02/2017 20:08

obligar a comunidad a reparar desperfectos

¿Existe alguna forma de obligar a la comunidad a reparar el techo de los garajes comunitarios?

14.349 lecturas | 12 respuestas

Buenas:

Desde hace varios años en el techo de los garajes comunitarios existen goteras y filtraciones de agua por el mal estado de la cubierta y las bajantes.

La situación se va agravando año a año debido a la dejadez de la comunidad. Por más reuniones qeu se hacen, no se avanza ni se decide dar solución al problema.

No existe acuerdo entre los propietarios, ya que no quieren desembolsar el importe que puede suponer la derrama. Se van darlo largas, los años pasan y la situación se va agravando hasta correr serio riesgo para la estructura de garages y viviendas, incluso pudiera verse afectada alguna persona qeu pase y se le desprenda algún cascote del techo en la cabeza.

¿hay alguna forma de obligar a la comunidad a realizar dicha reparación aunque no exista unanimidad?

¿o dependemos de que algún vecino diga qeu no quiere o no puede realizar la derrama?

Yo pienso que lo primero es presarvar las instalaciones comunes y evitar el deterioro e incluso colapso de la estructura, pero no me explico como si no hay unanimidad o un vecino quiera bloquear la realización de la obra, podamos vernos en este grave problema.

 

Agradeceria su ayuda y conocer cómo podemos actuar para evitar esta situación.

 

Muchas gracias de antemano.

 

  

 

 
M
Mel19
06/01/2020 22:20

 Simplemente comunique por medio de una instancia al departamento de Urbanismo de su Ayuntamiento o directamente al Sr. alcalde, la instancia se presenta en el registro del consistorio con copia para que le sellen el recibí, con eso, a esperar acontecimientos. Recibirá un requiriendo el presidente de la comunidad.  

 
J
JCarroza
06/01/2020 19:37

Muchas gracias por esta información, que considero muy útil a efectos prácticos. Mi problema es similar, pero con un agravante: no sé cómo involucrar a una comunidad de solo 5 vecinos no constituda formalmente a pagar daños de estructura de un edificio comunitario. Y es que, además, nadie parece tener demasiado (o ningún) interés en constituirla. ¿Habría que demandar a cada propietario individualmente para que participaran en esos gastos?.

Las escrituras sí establecen las cuotas de participación y la delimitación y características de cada piso, de acuerdo a la propiedad horizontal, pero no hay estatutos, ni cargos de Presidente o Administrador, ni NIF, ni normas de régimen interior, ni nada por el estilo. 

Cualquier sugerencia al respecto sería muy agradecida

 
F
ferluifer
14/02/2017 17:24

muchas gracias hma por la ayuda.

creo que ya tengo mucho más claro la forma de actuar ante ese asunto.

 
H
hma
14/02/2017 02:09

Con la modificación del artículo 10 LPH por la Ley 8/2013 (entrada en vigor el 28 de junio) se establece la obligación a las comunidades de la realización, a pesar de no constar acuerdo comunitario, de las siguientes obras:

  • a)  «Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otra derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber de conservación.

 

  • b)  Las obras y actuaciones que resulten necesarias para garantizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad universal y, en todo caso, las requeridas a instancia de los propietarios cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios, personas con discapacidad, o mayores de setenta años, con el objeto de asegurarles un uso adecuado a sus necesidades de los elementos comunes, así como la instalación de rampas, ascensores u otros dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan la orientación o su comunicación con el exterior, siempre que el importe repercutido anualmente de las mismas, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas, no exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes. No eliminará el carácter obligatorio de estas obras el hecho de que el resto de su coste, más allá de las citadas mensualidades, sea asumido por quienes las hayan requerido.»

Así pues, podrían darse los siguientes supuestos:

1.º Que un Presidente o un Administrador procedieran a la ejecución de estos trabajos sin precisar un acuerdo comunitario en este sentido. Bastaría la notificación a los propietarios de la realización de dichas obras por la previsión de la norma y tras la petición de un propietario.

2.º Que se someta a deliberación un acuerdo en este sentido y no se apruebe por la Comunidad. A pesar de ello, esa obra es obligatoria para la Comunidad y los órganos de la Junta están obligados a su ejecución.

Ante el incumplimiento de estas obligaciones por la Comunidad de propietarios, cualquier propietario puede demandar a la Comunidad para que sea un Juez quien obligue a la Comunidad a la ejecución de esas obras.

Tanto es así, que ya establece la propia ley que los propietarios que se opongan o demoren injustificadamente la ejecución de estas obras, responderán individualmente de las sanciones que puedan imponerse en vía administrativa.

Por lo tanto mi consejo es que involucre a Administrador y Presidente para que solucionen el problema. Para ello mi consejo es que remita Burofax a Presidente y Administrador instandoles a realizar las reparaciones necesarias para restablecer las condiciones básicas de habitabilidad y seguridad. Y estas, sin duda alguna, tal y como nos ha aclarado ADASgestión, lo son.

Si se produjese cualquier accidente, un cortocircuito que originase un incendio, un herido por alcance de una bovedilla, una electrocución, un debilitamiento de la estructura por efecto de la erosión que realiza el agua sobre el armado y el hormigón de la misma, sería responsabilidad de la Junta Directiva (incluido el Administrador) que teniendo conocimiento de la problemática, no trataron de solucionarla.

Como dice ADASgestion, si yo fuese Presidente de la Comunidad instaría a la Administración (en este caso el Ayuntamiento) a que tomase cartas en el asunto, para que impusiese esas reparaciones.

Y si fuese Administrador informaría de forma fehaciente,  a Presidente y Vocales, de la necesidad imperiosa de solucionar esas desperfectos y de la responsabilidad de la Junta Directiva y de los propietarios que se oponen a ello, en caso de sufrir un accidente.


Editado por hma 14/02/2017 2:10


Editado por hma 14/02/2017 2:30
 
F
ferluifer
13/02/2017 21:46

En ese importe estaria incluido la impermeabilización de la cubierta, bajantes y desagues de agua, reparar daños estructurales, desescombros, pinturas, etc…, la verdad es la obra se las trae.

ya cuanto más se tarde en reparar, más se incrementa el prespuesto para subsanar los daños, como es lógico.

 

gracias.

 
F
ferluifer
13/02/2017 21:28

muchas gracias Blont por la información.

Por lo que veo, la reparación seria obligatoria segun este articulo de la LPH.

Acudiré al ayuntamiento, a ver si puede enviar algun perito para verificar el estado del inmueble, y si es necesario realizar denuncia para obligar a su reparación a toda la comunidad, por mucho qeu algunos propietarios digan que no quieren o no pueden.

 

gracias por tu ayuda.

 
B
Blont
13/02/2017 21:20

LPH

Artículo 10: Obras de conservación y accesibilidad

1. Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por las Administraciones Públicas o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones:

a) Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación.

los AYUNTAMIENTOS TIENEN la normativa de los garaje, yo me acercaria a informarme si ellos pueden hacer algo, tal vez alli llevando fotos, pueda denunciar

 
F
ferluifer
13/02/2017 21:17

el edificion tiene una antiguedad de 22 años, por lo que aun no está obligado de pasar la ITE.

¿hay alguna forma de solicitar pasar esta ITE?

¿con el informe de la ITE se podria forzar a realizar las obras?

Lo del ayuntamiento, seguiré su consejo, a ver si forzando a través del ayuntamiento se pueden realizar la obras, y evitar que el edificio siga deteriorandose cada vez más.

La verdad es que no entiendo cómo por el bloqueo de algunos propietarios, otros puedan ver cómo sus inmuebles se deterioran, perdiendo valor e incluso pudiendo llegar a perderlos.

Esto no deberia de ser así.

 
ADASgestion
ADASgestion
13/02/2017 21:10

Por curiosidad. Sus plazas tienen unos 30 M2 con comunes? 3.000 euros por vecino me parece demasiado. Claro si se han incluido refuerzos de estructura pudiera ser. Perdone para opinar hay que conocer el proyecto, pero por otras actuaciones en alguna comunidad, me ha sorprendido

ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
Tfo: 639308215 | adasgestion@gmail.com
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
ADASgestion
ADASgestion
13/02/2017 21:05

Cuando tienen que pasar ITE, con una ITE, Si o SI lo tendrían que arreglar.

El agua no se lleva bien con el acero del hormigón (si lo es estructura ) o con al acero (si su estructura es metálica) Pero esque tampoco se lleva bien con la electricidad y pueden tener un ploblema o problemon con la iluminación, equipos extractores, no se con todas las instalaciones..

En el informe tecnico esta reflejado la urgente necesidad de reparación?

Si yo fuera el presidente de su comunidad y tras tomar conciencia de la gravedad de las filtraciones (según Vd. nos dice) me iría al Ayuntamiento con el informe técnico, las actas de que no se repara porque vale una pasta, y solicitaría que visitase un tecnico del Ayuntamineto el garaje para ver el estado,….?. CLaro esto, no lo hace cualquiera, Pero lo debería hacer el Presidente en defensa de la Comunidad,

Entonces pongan un punto en la convocatoria de informar al Ayuntamiento del estado del garaje por insalubridad, humedades, peligro de desconchamientos de bovedillas, no se todo lo que vean que ocurre.

ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
Tfo: 639308215 | adasgestion@gmail.com
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
F
ferluifer
13/02/2017 20:47

muchas gracias por la respuesta.

Hasta la situación comentado por usted, ya hemos llegado: juntas extraordinarias, informe tecnico de la situación, presupuestos de empresas especializadas, etc.

El tema es qeu al ser una derrama importante, alrededor de unos 3000 euros/vecino, algunos propietarios se niegan y la situacion está bloqueada. Y mientras tanto la estructura deteriorandose cada vez más.

No sé si existe alguna manera de que se realicen las obras aunque no haya unanimidad, ya que la situación lo exige, el techo de los garajes pudiera venirse a bajo con el paso del tiempo.

Incluso algunos vecinos podrian llegar a verse afectados por deterioro no solo de los garajes sino tambien de las viviendas.

gracias por su ayuda

 

 
ADASgestion
ADASgestion
13/02/2017 20:38

Para la reparación de filtraciones, deberían previamente acordar acer un estudio técnico con la descripción de unidades a ejecutar, pedir varios presupuestos y debatir como se puede pagar esas actuaciones.

Primero deberán poner como orden del dia un punto:”….?...Filtraciones en sótanos. Votación de soluciones a adoptar…..”?   o como entiendan que deben redactarlo.

Sería bueno llevar el presupuesto de un tecnico para que realice un informe del estado, las causas y las reparaciones (obras a ejecutar). Al menos ya con esto, no es que unos quieran y otros no, Será alguien cualificado que describira el alcance de las filtraciones.

Tambien se pueden aportar presupuestos de empresas especializadas y votar un presupuesto. Esto a mi particularmente no me gusta a no ser que previamente alguien haya comprobado que los presupuestos son HOMOGENEOS, todos ofertan peras o manzanas, pero todos lo mismo. El mero hecho que un presupuesto sea bajo, no implica que sea el mejor para la Comunidad, puede que le falte partidas respecto otros presupuestos.

Si lo hacen en segunda convocatoria, como suele ser la generalidad de las Comunidades, con la mayoria de los presentes es suficiente, para tomar una decisión.

En el caso de que las filtraciones sean pocas y no suponga un presupuesto excesivo. Podra el Presidente ordenar la reparación, ya que se acogerá a mantenimiento. Pero por lo que dice no debe ser solo una.

ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
Tfo: 639308215 | adasgestion@gmail.com
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal y Política de Privacidad  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento