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A
Alanasan
14/02/2017 15:17

Filtraciones de agua y pasividad de la comunidad

¿Debe la comunidad hacerse cargo de reparar humedad en mi vivienda por terrazas de arriba?

4.383 lecturas | 15 respuestas

Buenas tardes,

En mi casa se filtra el agua y, aunque hasta ahora sólo era una mancha de humedad, el pasotismo de la comunidad ya ha “conseguido” que el agua encuentre el camino y ya baje por la pared. Supuestamente el agua viene de las terrazas de arriba (cada piso tiene terraza y trastero) y es la comunidad quien debe hacerse cargo de solucionar el tema, no? Estoy un poquito harta de su dejadez y desinterés por un problema que, claro, no afecta a nadie más. Qué opciones tengo? 

Gracias.

 
ADASgestion
ADASgestion
26/02/2017 17:50

en la convocatoria no hay un punto para aprobación de cuentas. Por lo tanto si se han aprobado, no es valido.

En el caso de que no haya asistido, EXIJA que le den copia del acta, para informarse de lo que se trato

 

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N
Nurray
26/02/2017 15:51

Hola!! yo estoy en la misma situación. Tengo humedades en mi baño provenientes de un desagüe de la terraza privativa de un vecino.

La comunidad envió un técnico pero me comentan que el origen de la filtración debe arreglarlo el seguro del vecino, y que una vez subsanado, el técnico sí que corregiría la humedad en mi baño. Esto es así? o el seguro de la comunidad debería asumir tanto el origen(filtración) como el daño (la humedad) ?

 
A
Alanasan
19/02/2017 10:12

Gracias por el consejo! Aunque sólo lo comenté cuando el cartel ya estaba puesto.

No pienso impugnar nada. Aún no tengo el acta y, en teoría, sólo se habló del cambio de junta y las cuentas. Aún así, considero que no era una junta extraordinaria y podía haberse hecho la reunión otro día. No importa. Ya haré según convenga.

Gracias de nuevo

 
H
hma
18/02/2017 18:29

Si es Junta Ordinaria, además de Cambio de Junta como punto del orden del día, deberían figurar, al menos dos puntos más:

  1. Aprobación de las Cuentas del Ejercicio anterior, si procede.
  2. Aprobación del Presupuesto del ejercicio siguiente, si procede.

Además deberá adjuntarse a la Convocatoria el listado de propietarios morosos.

Si se trata de un Junta Ordinaria el plazo de preaviso es de 6 días sin contabilizar el día de la remisión de la Convocatoria ni el día de celebración de la Junta. COn lo cual estaríamos hablando de 8 dias.

No basta con colgar la Convocatoria en el Tablón de anuncios. La LPH establece en su artículo 9.b, que intentada la citación o notificación al propietario y no conseguida, se entenderá realizada mediante la colocación de la comunicación correspondiente en el tablón de anuncios de la comunidad, o en lugar visible de uso general habilitado al efecto.

EL periodo de publicación en el Tablón de anuncios es de 3 días, a los que habrá que sumarle los 6 días necesarios para la comunicación de una Junta ordinaria, por lo que, el periodo de publicación de la Convocatoria de Junta Orddinaria en el Tablón de anuncios sería de 9 días.

Si se trata de Junta Extraordinaria, con 3 dias de publicación bastaría.

Pero, es necesario haber intentado previamente la notificación a cada propietario y no haberlo conseguido.

Por lo que comenta usted y basandome en el único punto del orden del día, que no es otro que la elección de nueva Junta Directiva, parece ser que se trata de un Junta Extraordinaria. Para ello la Convocatoria ha de hacerse con la antelación suficiente, es decir, con un día bastaría.

Usted, debería haber remitido Burofax al Presidente instandole a que incorporase un punto en el Orden del día para debatir el problema de filtraciones y humedades que le afectan. Con ese burofax, al Presidente, no le habría quedado mas remedio que incluir el punto o puntos que usted solicitase dentro del Orden del día.

Como, parece ser, que la Junta ya se ha celebrado a usted le quedan las siguientes vias de actuación:

  1. Reunir al 25% de Propietarios que supongan, a su vez, al menos el 25% de las Cuotas de participación y convocar una nueva Junta Extraordinaria, indicando como punto del orden del día el problema de humedades y filtraciones que su propiedad está sufriendo.
  2. Contratar un técnico que realice una peritación de los daños sufridos y las causas que los han provocado. Con ese informe, pedir al Presidente que convoque Junta extraordinaria para exponer la situación y debatir las soluciones a adoptar. En esta Junta, y basandose en el informe pericial, debería advertirle que si no se procede a reparar tanto las filtraciones como los desperfectos que a usted le han originado dichas humedades, está dispuesto/a a instar demanda contra la Comunidad.

Como habrá podido comprobar, no he hablado nada de Impugnación ya que, salvo que no se hayan respetado los plazos de convocatoria, no creo que haya nada que impugnar. El punto único del orden del día es el cambio de Junta Directiva y eso, en si mismo, no atenta lesivamente  ni contra los derechos de la Comunidad ni contra los de ningún propietario.

Ademas, personalmente, creo que el tema de la Impugnación es un arma que controlan perfectamente Presidentes y Administradores de dudoso proceder que, sabedores de que las impugnaciones tienen un coste económico, pocos propietarios acceden a dicha vía, por loq ue ellos hacen y deshacen a su antojo sin que nada ni nadie pueda poner remedio sin desembolsar previamente una cantidad de dinero considerable.

Por otra parte, a usted la impugnación no le soluciona absolutamente nada. En todo caso conseguiría que se volviese a celebrar una nueva Junta, pero poco más.

Por eso, como los recursos economicos de cada  uno son limitados, creo que si hay que gastar dinero se haga de la forma más eficiente. El dinero que le supondría una impugnación, que nada le garantiza, dediquelo instar una denuncia que resuelva “su problema” . A la larga, es la forma más rápida y barata de solucionar el problema. Al final tendrán que hacerse cargo de la reparacion, tanto de las filtraciones como de los daños causados por las mismas, y abonar las costas del juicio, incluidas las suyas.

Para finalizar, un consejo que le podrá parecer una tontería: Nunca le diga a un Administrador o a un Presidente de dudoso proceder, la fecha en la que usted no puede acudir a la Junta. Les estará proporcionando la fecha idónea para celebrar la Junta y librarse de un propietario molesto. Se lo digo por experiencia.

 

 

 
A
Alanasan
18/02/2017 11:45

Buenos días,

Sí, había cartel puesto en lugar visible. No todos los propietarios viven en el edificio (dos pisos están alquilados). Los temas a tratar eran: 1. Cambio de junta y 2. Ruegos y preguntas. 

No sé más. Ahora tengo que pedir el acta porque en esta comunidad no se tiene la “costumbre” de darla a los vecinos después de una reunión (y la gestora pasa del tema).

Gracias.

 

 
ADASgestion
ADASgestion
16/02/2017 15:18

Creo que no ha respondido a:

Es importante saber si siempre ponen cartel en portal para comunicar celebración de junta y los puntos que se van a tratar en ella. Y si todos los propietarios viven en el edificio.?

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A
Alanasan
16/02/2017 12:35

Hola,

No, no es extraordinaria. No es para hablar de las filtraciones de agua (que pasan del tema), es para el cambio anual de junta. Podía ser mañana, o la semana que viene...

Gracias,

 
B
Blont
16/02/2017 10:22

Es una juntra extraordinaria, y la ley indica que se comunicara con la anticipacion que se pueda

La ley no dice nada que tenga que ser urgente.

Si impugna, perdera

 
A
Alanasan
16/02/2017 07:35

Buenos días,

Gracias. Sí, es una junta general, no urgente que podía haberse hecho otro día. No se ha avisado con 6 días de antelación, aunque el cartelito sí es visible para todos los vecinos que vivimos en el bloque. Depende del acta, me quejaré (que tendré que pedir más de una vez, porque esa es otra!). Dejé claro que no podía asistir y no cumplen los plazos. 

Gracias.

 

 
ADASgestion
ADASgestion
15/02/2017 21:07

Si es una junta general hay que avisar con 6 días de antelación. Y la extraordinarias, dependera de la Urgencia.

Es importante saber si siempre ponen cartel en portal para comunicar celebración de junta y los puntos que se van a tratar en ella. Y si todos los propietarios viven en el edificio.

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A
Alanasan
15/02/2017 20:06

Buenas noches,

Sí, el cartelito se puso el lunes por la noche, para la reunión de mañana noche. No se tiene que avisar con más tiempo? Me pareció entender eso en algún artículo de la Ley de Propiedad Horizontal, pero igual me equivoco.

Saludos y gracias,

 
ADASgestion
ADASgestion
15/02/2017 19:49

Siempre se pone un cartel en el portal para comunicar la Junta. o ha sido en este caso solamente. Todos los propietarios viven en el edificio y por lo tanto pueden leer el cartelito anunciando la Junta.

 

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B
Blont
15/02/2017 15:59

Pues si no esta de acuerdo con la junta a realizar, impugnela

 
A
Alanasan
15/02/2017 14:57

Buenas tardes,

Gracias. Saben lo que pasa, pero no les importa. Además del agua, se han de arreglar los daños. Pasan de normativa y obligaciones. Por ejemplo: este lunes, por la tarde, se puso cartelito informando de reunión de la junta para este jueves. No se tiene que hacer con 6 días de antelación? (además, he informado al Presidente que yo no puedo asistir y ningún intento de cambiar la fecha)

Intentaré lo del escrito, pero dudo que sea efectivo. Vivo en una comunidad de personas bastantes egoístas, algunas, y pasivas, otras…

Saludos y gracias.

 

 
ADASgestion
ADASgestion
14/02/2017 15:26

Haga un escrito describiendo los daños, documentado con fotos, solicitando que procedan a la reparación de forma inmediata, ya que entiende que corresponde al mantenimiento de la Comunidad y esta solicitando verbalmente desde XXXX que procedan a la reparación. Le lleva una copia a la oficina del administrador y que le firmen el recibi y otra al Presidente, tambien que le firme el recibi.

Algo más caro, pero igual de efectivo es enviar a ambos un burofax.

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