Buenas tarde, somos una comunidad pequeña de 8 vecinos y pagamos una cuota mensual de 105 € al mes, ya que tenemos un ascensor y un montaches y ademas dos contadores de la luz. En la cubierta inclinada del edificio tenemos un letrero lumiso de publicidad de la constructura.
En los estatutos de la Comunidad que figuran en la escritura dice lo siguiente: “La mercantil representada se reserva el derecho a colocar letreros publicitarios en la cubierta del edificio, así como en las paredes medianeras del mismo, para lo que no deberá recabar autorización de los demas copropietarios...Este derecho como tal, podrá ser transmitido a favor de terceros quedando facultado para hacer efectivo este derecho y acceder y dar servicio a los letreros, y quedando exonerado de cualquier gasto de comunidad, a excepcion de los de reparación, conservación o mantenimiento de la cubierta y se devenguen por el ejercicio de este derecho”
segun esto, mi pregunta es la siguiente: ¿estan exentos de pagar qualquier tipo de cuota o alquiler por tener su publicidad en la cubierta de por vida?