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objetos en zonas comunes y garajes

Normativas para zonas comunes y garajes de la comunidad

4.279 lecturas | 5 respuestas

Hola, me gustaría saber que elementos están permitidos por ley en las plazas de los garajes de la comunidad y si la normativa permite dejar objetos particulares delante de las puertas de las viviendas, es decir en las escaleras.

Gracias, un saludo

 

 

 

guasimas dijo:

Cada plaza de garaje es para un vehículo a motor. En caso de incendio o así, el seguro no cubre otra cosa. Otra cosa es que entre los propietarios de las plazas de garaje se acuerde permitir que se aparquen o no bicis. 

No, no es así.

El aparcamiento de dos vehículos, siempre que no sobrepasen los límites de la plaza y no impidan a otro propietario el uso normal de su aparcamiento no están prohibidos. No obstante es un tema que se regula municipalmente así que es posible que haya ayuntamientos donde las ordenanzas lo prohiban.

 

Esta usted seguro que los SEGUROS de la comunidad, cubren los incendios de los vehiculos? Repase el contrato con su seguro y vera que no es asi

 

Cada plaza de garaje es para un vehículo a motor. En caso de incendio o así, el seguro no cubre otra cosa. Otra cosa es que entre los propietarios de las plazas de garaje se acuerde permitir que se aparquen o no bicis. 

 

En las plazas de aparcamiento solo se pueden estacionar vehículos, coches y/o motos.

 Delante de la puerta, como le han dicho, felpudos. :)

 

1° coches

2° felpudos pero no existe normativa

 

Fin del hilo
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