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M
Moon56
07/06/2017 11:50

Reparto de dinero comunitario entre propietarios.

¿Es posible presentar una demanda por la omisión de instalación de aljibe de agua potable en edificio?

2.594 lecturas | 4 respuestas

Hola,
Ante todo agradecer a esta página web la posibilidad de realizar esta consulta.

Se trata de una sentencia a favor de la Comunidad de Propietarios de mi Edificio contra la constructora al vender las viviendas y local y ocultar que el algibe de agua potable exigible por el ayuntamiento y que constan en el proyecto no fue instalado ni tan siquiera las acometidas para su instalación.

En junta extraordinaria sé a probo qué cuando se realizara el ingreso en cuenta la indemnización, se decidiría que hacer con dicho dinero.

Hace unas semanas se cobró la cantidad oportuna y al parecer via whatsapp decidieron hacer el reparto de dicho dinero por coeficiente de cada propietario.

Yo no estoy integrado (por decisión propia) al grupo y no fui informado.

A mi parecer se tendría que haber celebrado una junta y en la misma aprobar por unanimidad el reparto y dejar claro como se solucionaría en el futuro la instalación de los deposítos o aljibe de agua potable de reserva o bien destinar dicho fondo a solucionar el problema existente.

He considerado que ha de ser por unanimidad ya que es algo que afecta al edificio su instalación o su omisión.

A la vez que se convierte en un "vicio oculto" para futuros propietarios y nos deja fuera  de las ordenanzas municipales y de aguas.

¿es posible tener una causa para presentar una demanda?

Un saludo

Miguel Ángel

 
M
Moon56
07/06/2017 19:00

Muchas gracias por tu respuesta

Un saludo

 
M
Moon56
07/06/2017 18:59

Muchas gracias por tu respuesta.

Un saludo

 
B
Blont
07/06/2017 16:39

Si como indics fixin, pero nunca a usted podran negarle lo que se reparta, 

Le diran que usted es nuevo, pero la indemnizacion es a las viviendas no a los propietarios.

Yo seria un poco mas incisivo, y le exijiriaa al presidente reunion extraordinaria, que las resdolucciones por wasap no sirven, que usted tiene derecho a recibir parte de la indemnizacion, y que si realiza la junta, le denunciara.

No sea blanfo

 
F
Fixin
07/06/2017 15:45

Los créditos corresponden a la comunidad y esta, por junta decide que hacer con ellos.

En la Junta extraordinaria se aprobó que una vez recibido el dinero decidirían que hacer con él. El whatsapp nunca puede sustituir a una junta debidamente convocada por lo que la actuación por esa vía no es legal ya que no es una forma de tomar decisiones.

Tiene usted causa para ir contra esa “decisión” ahora bien, solicite al presidente que se convoque una junta al efecto, si no lo consigue trate de reunir a un número de propietarios que representen el 25 % de las cuotas y convoquen ustedes la junta para tratar el tema. Si no funciona esto no tendrá más remedio que acudir a los tribunales.

Solo una cosa más, para repartir ese dinero no es necesaria la unanimidad, es suficiente que se apruebe por mayoría simple.

 

Fin del hilo
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