Hola,
Ante todo agradecer a esta página web la posibilidad de realizar esta consulta.
Se trata de una sentencia a favor de la Comunidad de Propietarios de mi Edificio contra la constructora al vender las viviendas y local y ocultar que el algibe de agua potable exigible por el ayuntamiento y que constan en el proyecto no fue instalado ni tan siquiera las acometidas para su instalación.
En junta extraordinaria sé a probo qué cuando se realizara el ingreso en cuenta la indemnización, se decidiría que hacer con dicho dinero.
Hace unas semanas se cobró la cantidad oportuna y al parecer via whatsapp decidieron hacer el reparto de dicho dinero por coeficiente de cada propietario.
Yo no estoy integrado (por decisión propia) al grupo y no fui informado.
A mi parecer se tendría que haber celebrado una junta y en la misma aprobar por unanimidad el reparto y dejar claro como se solucionaría en el futuro la instalación de los deposítos o aljibe de agua potable de reserva o bien destinar dicho fondo a solucionar el problema existente.
He considerado que ha de ser por unanimidad ya que es algo que afecta al edificio su instalación o su omisión.
A la vez que se convierte en un "vicio oculto" para futuros propietarios y nos deja fuera de las ordenanzas municipales y de aguas.
¿es posible tener una causa para presentar una demanda?
Un saludo
Miguel Ángel