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torrentaco
28/11/2017 16:26

Cepo en plaza de la que no es propietario

¿Cómo proceder en caso de querer instalar un cepo en una plaza de parking alquilada?

1.639 lecturas | 3 respuestas

Buenas

Desde hace muchísimos años (puede que más de 30) a un familiar le tienen alquilada una plaza de parking. Los dueños nunca quisieron vender. A día de hoy dichos parkings los lleva (gestión) una inmobiliaria. Al ponerse en contacto con ésta para solicitar si es posible la instalación de un cepo en las plazas, da largas sin dar respuesta alguna.

Este familiar ha podido conseguir ponerse en contacto con dueño y cuando se le hace la pregunta te indica que eso lo lleva una empresa y él no sabe nada (increible) sólo se está solicitando permiso para instalar un cepo ya que hay gente que está aparcando en su plaza cuando no hay nadie. 

Cómo se debería proceder? En el parking me indica que hay una plaza con cepo (por lo que si nadie sabe nada, entiendo que nunca pidieron permiso) y aquí se está pidiendo permisos

Qué se hace en estos casos ? Se instala y ya se quejará y será cuando quiera realmente dar explicaciones ?, qué podría pasar ?, es tan facil que te digan sí o no

 

Saludos

 
T
torrentaco
30/11/2017 15:16

Y añado una pregunta y cambiando de parking

Si un propietario cuando aparca, daña al coche de al lado constantemente y no quiere reconocerlo, el propietario de la plaza de parking, puede instalar dentro de su plaza algunos palos para que el otro vehículo al aparcar no dañe el suyo? Necesita pedir permiso a la comunidad o se podría aplicar lo de:

“el régimen jurídico aplicable será el propio de la propiedad horizontal, el propietario de una plaza de aparcamiento podrá realizar obras en ella siempre que no “perjudiquen a los demás propietarios ni a la Comunidad y que no disminuyan la solidez ni la accesibilidad del inmueble ni alteren la configuración o el aspecto exterior del conjunto”.

Saludos

 
T
torrentaco
30/11/2017 15:12

Muchas gracias por su respuesta

Una vez hecha la consulta para pedir permiso al propietario, por fín éste, ha respondido de forma positiva a la instalación del mismo, así que ya hay autorización por escrita

Esto es la clave

 

 Lo habitual es que cada plaza de aparcamiento sea un elemento privativo que tiene un coeficiente sobre el total del edificio, al igual que el resto de elementos privativos (viviendas y/o locales). En este caso, el régimen jurídico aplicable será el propio de la propiedad horizontal, el propietario de una plaza de aparcamiento podrá realizar obras en ella siempre que no “perjudiquen a los demás propietarios ni a la Comunidad y que no disminuyan la solidez ni la accesibilidad del inmueble ni alteren la configuración o el aspecto exterior del conjunto”.

 
LETRADAMUS
LETRADAMUS
30/11/2017 11:24

Buenos días! 

Primero, revise el título constitutivo de la finca y compruebe cómo se ha constituido la división horizontal. Lo habitual es que cada plaza de aparcamiento sea un elemento privativo que tiene un coeficiente sobre el total del edificio, al igual que el resto de elementos privativos (viviendas y/o locales). En este caso, el régimen jurídico aplicable será el propio de la propiedad horizontal, el propietario de una plaza de aparcamiento podrá realizar obras en ella siempre que no “perjudiquen a los demás propietarios ni a la Comunidad y que no disminuyan la solidez ni la accesibilidad del inmueble ni alteren la configuración o el aspecto exterior del conjunto”.

Si el cepo se encuentra dentro de la líneas que delimitan su plaza de garaje se puede proceder a su instalación, salvo en el caso de que el cepo hiciese imposible la maniobrabilidad a otro propietario para poder acceder o salir de su plaza de garaje, en cuya circunstancia su instalación requiere el correspondiente permiso. No está de más que se ponga el asunto en conocimiento de la Comunidad.

Si se tratase de cuotas indivisas: en este caso, si es necesaria la autorización de la Comunidad de Propietarios.

Saludos!

 

Fin del hilo
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