Pepe123 se lo ha explicado perfectamente.
Cuando se aprueban unos estatutos y al cabo de los años se quieren modificar, si ha existido csmbio de propietarios los antiguos no pintan nads.
Ustedes hagan junta, punto del dia: redactar nuevos estatutos.
No es necesario que acudan todos los propietarios, si los que asisten apruebamn por unanimidad el cambio, este quedara aprobado cuando hayan transcurrido 30 dias desde el envio del acta a los propietarios que no acudieron a la junta, si transcurrido 30 dias no emiten voto negativo los edtatutos quedan aprobados. Se deben pasar por el registro por si mañana viene otro propietario nuevo, asi estara vinculado, si no se pasan por el registro no estara vinculado