Tenga o no cédula de habitabilidad, si el ayuntamiento te ha dicho que puedes vivir ahí, ya está, puedes vivir ahí porque tienes un documento del ayuntamiento que te lo acredita y has hecho lo que te han pedido, hay ayuntamientos que su normativa urbanística, parece mentira pero en la misma provincia, la norma urbanística cambia entre pueblos vecinos.
Tengo entendido que en Cataluña,necesitas un informe de un arquitecto o arquitecto técnico me parece donde digan si esa casa es favorable o no para vivir y te la conceden la cédula, porque si hay casos de locales comerciales que han habilitado vivienda y la han concedido.
Los servicios de luz y agua te los van a dar siempre, porque legalmente es un local lo que tienes y está registrado como tal,que tu le des otro uso a iberdrola le da igual, porque iberdrola llega hasta el contador, la instalación que tú decidas poner desde el contador es decisión tuya.
Yo si te preocupa legalizarlo hablaría con algún arquitecto, los técnicos del ayuntamiento, aparejador y buscaría la solución, porque cada comunidad autónoma tiene su normativa urbanística y dentro de cada comunidad tiene cada provincia la suya, y dentro de cada provincia cada pueblo tiene la suya y en algunos sitios el pgou no te admite algunos usos como compatibles y te vas al pueblo de al lado y lo mismo que uno te rechaza ese te lo admite.