La instalación electrica que han mejorado es un elemento común del inmueble y por lo tanto está usted obligado a pagar.
Supongo que para acordar ese arreglo de la instalación hicieron una junta y allí lo aprobaron. Fue usted convocado a esa junta? asistió? Es en la junta donde se detalla la obra a realizar y se exponen los presupuestos para votar y elegir uno.
La instalación eléctrica es comunitaria hasta la entrada en cada vivienda o local, es decir, todo el sistema eléctrico interior de su local debe ser mejorado por usted no por la comunidad.
Desconozco si en su comunidad pagan por coeficiente o a partes iguales por lo que, si pagan a partes iguales es normal que le igualen con el resto de los locales. En cambio si pagan por coeficiente no debería pagar lo mismo que un local el doble de grande qie el suyo. Tendría que comprobar que dice el título constitutivo o los estatutos sobre el reparto de gastos.
En cuanto al proceso monitorio, si no sobrepasa los 2000 euros no es obligatorio ir asistido de abogado y procurador, aunque si recomendable.
Caso de perder el juicio la comunidad puede pedir y el juez condenarle al pago de las costas ocasionadas.
El administrador no está obligado a facilitarle los estatutos ni el título, pero usted puede solicitarlos por su cuenta en el Registro de la Propiedad. Tampoco tiene porque darle el presupuesto pero puede pedir cita con él para que se lo muestre en el despacho del administrador.