Lo primero que tiene que hacer es ir al registro de la propiedad y solicitar la escritura de obra nueva del edificio, y si existen estatutos inscritos.
En la escritura le pondra su coeficiente de participacion y si no existen estatutos usted debera contribuir con lo que ahi se diga.
Con ese conocimiento se dirige al administrador o a la persona que le ha dicho lo de pagar por igual y le dice que le indique el porque de ello. Cuando le cuente que es un acuerdo que se tomo o cualquier otra cosa le indica el art. 5 de la LPH que dice: El título podrá contener, además, reglas de constitución y ejercicio del derecho y disposiciones no prohibidas por la Ley en orden al uso o destino del edificio, sus diferentes pisos o locales, instalaciones y servicios, gastos, administración y gobierno, seguros, conservación y reparaciones, formando un estatuto privativo que no perjudicará a terceros si no ha sido inscrito en el Registro de la Propiedad.
y le dice que como no esta inscrito, a usted no le afecta,
Si no le hacen caso debera impugnar ese acuerdo en el juzgado, y tiene un año para realizarlo y cuenta desde que se entere, o sea consiga fecha en el registro cuando solicite documento.
Si acepta ese acuerdo nunca podra volver atras, dado que se necesita unanimidad y sus vecinos diran que nanai.
Ahora paga poco, pero si existe una derrama el coste sera superior