El propietario de un bajo tiene obras estructurales que afectan a la comunidad de propietarios, por las que ha denunciado, pero está haciendo obras de embellecimiento en su interior.
¿Puede hacerlo, sin pedir permiso a la comunidad y al administrador?
¿Puede obrar sin permisos del ayuntamiento?
¿No es más importante hacer las obras estructurales antes?