Ser presidente y cualquiera de los cargos regulados por la ley de la propiedad horizontal, es obligatorio, pero se pueden dar circunstancias que conviertan a la ley en obsoleta. Una de las situaciones sería cuando todos los propietarios son de edad muy avanzada y algunos con movilidad o capacidad reducida, cada uno de ellos puede denunciar su situación ante el juez ya este no quedarle más remedio que declararle a sentó de dicha obligación, así uno tras otro hasta no quedar ninguno ¿Entonces qué? O bien haber solo un vecino apto o un poco más apto que los demás ¿Ha de ejercer hasta el fin de sus días? Ya sabemos cómo es llevar una comunidad, a veces no hay ningún problema durante todo el año y otras se suceden continuamente, todos tenemos vida personal y está representación puede robar mucho tiempo, ejercicio similar en una empresa se considera trabajo ¿Pero en una comunidad ha de trabajar gratis? No se trata de mordidas ni aprovecharse de los demás vecinos, en todo caso se trata de que todos participen de su obligación y si no pueden de acción lo lógico sería con el bolsillo. Bueno pues hay otras situaciones como comunidades con ocupas, alquilados con propietarios viviendo en otras ciudades, vecinos muy mayores ya incapacitados, una mezcla de todo que hace que solo queden aptos de 16 solo 3 de ellos ¿Han de trabajar gratis para el resto que además ya les va bien porque de nunca quisieron ejercer? Hablo de situación injusta para los que lo pueden ser y nunca se negaron o incluso ejercen de vice permanente por acuerdo de la comunidad y voluntad propia y con el único interés de salvaguardar en interés de la comunidad ... Pero todo tiene un fin ¿Que soluciones especiales hay?