Para convocar la junta son necesarias dos premisas.
El 25% de los propietarios , y que el coeficiente de lis mismos sume al menos el 25%
Lo normal es que se indique que la junta la convoca los propietarios que acontinuacion se indica, no estimo wue sea necesario poner el nombre, con el n° de vivienda es suficiente. La LPH la verdad que no indica nada al respecto pero dado que es caso extremo cuanto todo este más claro, mucho mejor,
En la junta al vomienzo deberan nombrar un presidente para firigir esa junta y un secretario para que tome nota