He visto ya en varias convocatorias, con las cuentas del año, de varias comunidades en las que soy propietario… un nuevo concepto: Protección de Datos (con su coste anual).
Vale, hay que cumplirla, eso está claro. Pero mis dudas son:
- Cumplir con este tema, y hacer lo necesario… ¿no está dentro de las obligaciones del Administrador de Fincas (o dicho de otro modo: incluido ya en sus honorarios)?
- Si no es así… ¿es obligatorio tener que contratar a una empresa externa? ¿qué condiciones/requisitos debe cumplir dicha empresa externa?
Gracias!!!!