Hola a todos,
Me he enterado ahora que el próximo 1 de octubre nos vence el contrato de mantenimiento del ascensor, resulta que en la comunidad de al lado tienen un mantenimiento con otra empresa más barato y es un ascensor con las mismas características.
La cuestión que en el contrato tiene clausulas de este tipo, para rescindir el contrato sin penalización, se ha de avisar con 180 días antes de la finalización del mismo, el contrato se renueva de forma automática por un periodo de 2 años, este contrato podrá ser resuelto libremente antes del plazo pactado siempre que la parte que haga derecho del mismo abone el 50% de la facturación pendiente de emitirse hasta la finalización del actual periodo contractual.
En esta web dicen que esto no es legal http://www.fincasdonosti.com/fincasdonosti/de/16-cambio-de-empresa-de-mantenimiento-de-ascensores.asp?nombre=2297&cod=2297&sesion=1 pero no se si esto aplica a toda España o no
Por cierto, no vienen a realizar el mantenimiento desde el 09/07/19 , me lo han confirmado mpor teléfono y lo se yo que soy el presidente, vamos que el último papel de servicio que firme yo fue ese del 09/07/19, según entiendo para ascensores de comunidades con mas de 6 paradas es obligatorio pasar el mantenimiento cada mes, correcto? esto estaría justificado para rescindir el contrato?
Como es de suponer, se tendría que convocar una junta para cambiar de empresa, si tenemos en cuenta que el día 1 entre en vigor la renovación del contrato justo lo veo, a no ser que no pueden cobrarnos ese 50 % por ser abusivo.
Me gustaría conocer vuestra opinión como siempre.
Editado por boscorelly 25/9/2019 11:48