Volver al foro
Conte73
Conte73
23/01/2020 20:18

Derramas

¿Puede el administrador aprobar una derrama sin el consentimiento de la junta de propietarios?

1.295 lecturas | 7 respuestas
Hola. Como presidente de mi comunidad llevo desde noviembre pasado pidiendo a mi administrador de fincas que me informe del estado de la cuenta de la comunidad para saber si hay dinero suficiente para acometer las reformas aprobadas en junta de vecinos. Me contestó hace un par de semanas informándome de las derramas necesarias y preguntándome en cuantas cuotas pagarla. Entre los conceptos a pagar había un arreglo del tejado por valor de 2400 euros, que siendo mi comunidad pequeña suponía una importante derrama. El caso es que la empresa que hizo la obra me dice que ya se pago el año pasado. Se lo comunico al admistrador y le pido que vuelva a elaborar la derrama necesaria quitando ese factura ya pagada y solicitando las claves para poder consultar los movimientos de nuestra cuenta.
Ahora el administrador me contesta que no figuro en la cuenta porque el nuevo vicepresidente todavía no ha firmado y que respecto a la derrama nos va mandar a todos los vecinos una carta comunicando la derrama a pagar en los próximos tres meses. Y yo me pregunto, ¿esto no tendría que decidirlo la comunidad o yo como presidente?. No sé por qué conceptos se va a hacer esa derrama ni que cantidades supone.
 
Conte73
Conte73
23/01/2020 21:40
Pues imagínese si hubiese aprobado la anterior derrama en la que figuraba la factura de 2400 euros que ya estaba pagada tal como me instaba el administrador preguntándome en cuantos meses pagarla. Me están desinformando por no decir otra cosa. Ya sabiendo esto convocaré una junta extraordinaria para que lo decidan los vecinos, pero tambien incluiré en el acta de la reunion votar el cambio de administrador aunque nos suponga algun tipo de penalización. Gracias.
 

Fin del hilo
© 2002-2025 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 C/ Roger de Lluria, 50 - P.1 08009 Barcelona
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal y Política de Privacidad  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter