Volver al foro
B
Brandy
15/02/2020 16:02

Denuncia a la presidenta por injurias

¿Dónde puedo denunciar a la presidenta de la comunidad por injuria?

1.428 lecturas | 4 respuestas
La presidenta de la Comunidad de vecinos me ha acusado que le he quitado recibos de agua de su buzón dice que tiene testigos. Luego que alguien de mi familia, luego que no sabe quien pero que se los han quitado. Voy a denunciar por injurias. Todo viene dado porque estoy reclamando el arreglo de las humedades de mi casa. Donde tengo que denunciar? Gracias
 
B
Brandy
16/02/2020 14:46
Muchas gracias carolina vega!! Así lo haré. Saludos
 
carolinevega
carolinevega
16/02/2020 11:36

Artículo 10: Obras de conservación y accesibilidad

1. Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por las Administraciones Públicas o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones:

a) Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación.

tiene tres actuacciones

1º esperar a la junta de mayo, solicitando al presidente su inclusión en el acta de convocatoria.

cosa que no va de acuerdo con el art. expuesto

2º enviar burofax al presidente indicándole la urgencia de dicha reparación según el art. 10, que si en el plazo de XXX días no se realiza junta extraordinaria emprenderá acciones judiciales contra él por dejadez de funciones. la denuncia lleva su tiempo y desde luego no se celebrara antes de la junta

3º enviar burofax al presidente indicándole que acojiéndose a la

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 2 DE FEBRERO DE 2016

y dado la inacción de la comunidad en resolver su problema será usted quien se haga dicho arreglo, para despues reclamar judicialmente a la comunidad los gastos tenidos

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 2 DE FEBRERO DE 2016 ESTABLECE QUE:

«Sólo procederá el reembolso por la Comunidad de Propietarios al comunero que haya ejecutado unilateralmente obras en zonas comunes cuando se haya requerido previamente al Secretario-Administrador o al Presidente advirtiéndoles de la urgencia y necesidad de aquéllas. En el caso de no mediar dicho requerimiento, la Comunidad quedará exonerada de la obligación de abonar el importe correspondiente a dicha ejecución. No quedará exonerada si la Comunidad muestra pasividad en las obras o reparaciones necesarias y urgentes».

 

 

 
B
Brandy
16/02/2020 08:44
Se niegan a celebrar junta hasta que toque en el mes de mayo. Tengo un informe de una empresa donde dice que la humedad es por capilaridad. Que puedo hacer? Gracias
 
carolinevega
carolinevega
15/02/2020 20:53

esa denuncia no tiene sentido alguno

lo que tiene que hacer es denunciarla por no realizar las obras necesarias de mantenimiento.

usted lo ha expuesto en junta?

 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento