Buenos dias,
Somos una comunidad de tres propietarios que tenemos una cuenta bancaria que figuran como titulares los vecinos. Inicialmente estaba a nombre de la Comunidad de propietarios pero al tener consideración de persona jurídica las comisiones bancarias eran muy elevadas. El movimiento es mínimo tenemos domiciliada la luz y el seguro.
¿Es obligatorio por ley que la titularidad de la cuenta sea la comunidad o podemos figurar los tres vecinos?