Ese acuerdo se deberia haber tomado por unanimidad, por 3/5 seria un acuerdo nulo.
Ese acuerdo por unanimidad, obligaría a un futuro propietario, si el acuerdo estubiera recogido en los estatutos y estos inscritos en el Registro
Art.5 penultimo párrafo
El título podrá contener, además, reglas de constitución y ejercicio del derecho y disposiciones no prohibidas por la Ley en orden al uso o destino del edificio, sus diferentes pisos o locales, instalaciones y servicios, gastos, administración y gobierno, seguros, conservación y reparaciones, formando un estatuto privativo que no perjudicará a terceros si no ha sido inscrito en el Registro de la Propiedad.