la ley indica
¿En qué casos será obligatoria la mascarilla?
Debe utilizarse en los medios de transporte, como metro, bus, avión o tren, al igual que en lugares públicos o privados -cerrados y abiertos- si no se puede mantener la distancia física entre personas. La separación que se debe mantener con respecto al resto es de 1,5 metros. Como ya ocurre ahora, están exentos de ello los menores de 6 años y las personas con enfermedades o algún tipo de dependencia que impidan su uso, además de en los casos en los que no pueda llevarse por motivos de fuerza mayor o en el deporte individual al aire libre.
Incumplir esta obligación puede llevar a una multa de hasta 100 euros.