La terraza es comunitaria de uso privativo,y en el título constitutivo pone que la conservación y mantenimiento derivado del uso es de los usuarios de los áticos,digo esto porque una filtración no es derivada del uso,o por lo menos es lo que pienso yo,no sería un arreglo ordinario sino extraordinario.El lunes tendré a todo el edificio y al administrador en mi contra ,a ver qué pasa pero temo acabar denunciada.el tema de que es consentimiento tácito no se,al ser ático se supone que nadie sabía de la modificación,aunque lo dudo mucho.Gracias por vuestras respuestas