Comunidades de vecinos: Apertura sala común
¿Es necesario someter a votación el uso de la sala común?
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Hola, esta semana nuestro administrador nos ha informado de que ya se puede usar la sala común con un aforo máximo de 15 personas (según distancia mínima de separación). Esto no se ha llevado a Junta por lo que me pregunto si no habría que someterlo a votación como en el caso de las piscinas (esta temporada en la nuestra no se admiten invitados) y si es legal el que cualquier persona pueda acceder a la sala común para una fiesta o celebración con el consiguiente riesgo que puede conllevar. Gracias!!