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K
kekina
11/08/2020 13:04

Gastos portero en un local

¿Los propietarios están obligados a pagar por coeficiente los gastos del conserje?

3.023 lecturas | 7 respuestas

Hola, tengo un local y al revisar la división horizontal, me indica lo siguiente:

- La vivienda- porteria, es elemento común del total del inmueble, por lo que se entiende que los datos de mantenimiento y conversación tengo que hacerme cargo por coefeciente.

Y en la misma división indica que el pago de los gastos se distingue en:

1/ Gastos de elementos comunes con arreglo a Ley y sobre los cuales no cabe pacto en contrario por cuota de participación.

2/ Gastos de elementos comunes de uso exclusivo de las viviendas del cmpleto, que son las zonas de piscina, deportivas y zonas verdes que seran satisfechos exclusivamente por los titulares de la vivienda, y por partes iguales.

3/ Gastos elementos comunes de uso exclusivo de ciertas viviendas del inmueble, para los gastos de cada escalera, a repartir por partes iguales.

4/ Gastos producidos por servicios no individualizados, si algun servicio se midiese por contador general no individualizado  por partes iguales por quienes tengan conectado a él el servicio de se que trate. 

La duda, es si, esta claro que los gastos del mantenimiento de la porteria tenemos que pagarlo, pero si la comunidad contrata a un conserje que utiliza la vivienda, y se encarga del mantenimiento del jardin, limpieza escaleras y zonas, piscina, de la cual no estamos obligados a pagar por dichos gastos,¿ me pueden obligar a pagar por coefeciente, los gastos del conserje, nomina, seguridad social, telefono, vacaciones, etc?

Gracias anticipadas por vuestra ayuda. 

 
K
kekina
12/08/2020 19:46
No es excesivamente alta sobre 0.793%.
 
A
aserval
12/08/2020 18:49

kekina dijo:
La comunidad tiene conserje, y al año entre nómina, seguridad social, etc los gastos son casi 20000€, que a mi me repercute en unos 350€ al año. Y a mi loañ no puede hacerme ninguna utilidad, puesto que el local esta afuera de la comunidad, no tiene ningún acceso a las zonas comunes.

 Si Ud. no obtiene ninguna contraprestación de ese servicio (antes portero ahora conserje) el promotor cuando realizo la división horizontal, tuvo dos opciones, exonerar por estatutos o por el artículo 5º que perece ser el caso:

Para su fijación (las cuotas) se tomará como base la superficie útil de cada piso o local en relación con el total del inmueble, su emplazamiento interior o exterior, su situación y el uso que se presuma racionalmente que va a efectuarse de los servicios o elementos comunes.

No nos indica que cuota tiene el local, si parece razonable o excesiva.

 
K
kekina
12/08/2020 18:12
La comunidad tiene conserje, y al año entre nómina, seguridad social, etc los gastos son casi 20000€, que a mi me repercute en unos 350€ al año. Y a mi loañ no puede hacerme ninguna utilidad, puesto que el local esta afuera de la comunidad, no tiene ningún acceso a las zonas comunes.
 
C
cafeton
12/08/2020 17:50

Usted realiza la pregunta como hipótesis o porque han contratado a un conserje

 
Calleja0007
Calleja0007
11/08/2020 14:51
Tienes los estatutos de la comunidad?
De no tenerlos si nadie te los facilita, en el Registro de la Propiedad, presencial o por internet.
Es por ver si hace referencia al tema.
 
K
kekina
11/08/2020 14:22

Tengo la división horizontal solo, y el administrador me ha dicho que los estatutos estaban incluidos pero la explicación de gastos solo indica lo que he comentado arriba.

Me imagino que no hay estatutos, y se regen por la ley de división horizontal. 

 

 
Calleja0007
Calleja0007
11/08/2020 14:11
Tienes los estatutos de la comunidad?
De no tenerlos si nadie te los facilita, en el Registro de la Propiedad, presencial o por internet.
Es por ver si hace referencia al tema.
 

Fin del hilo
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