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Cambio de Presidente en Junta no presencial

¿Es correcta la forma de proceder para el cambio de presidente?

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En mi Comunidad se debería haber realizado la Junta Extraordinaria Anual para cambio de presidente en mayo. Una vez pasado el Estado de Alarma y pudiendose realizar reuniones la Administradora dio largas y excusas para celebarla cuando a ella le fuera bien (septiembre, octubre….). En estos momentos y, por insistencia de algunos vecinos, la Administradora a propuesto hacer una Junta NO PRESENCIAL solamente para el cambio de Presidente.

Me gustaría saber si la forma de procecer para el cambio de presidente es correcta (reunión no presencial). Y si no es la correcta, que se puede hacer

 

 

La junta anual extraordinaria no existe, esa junta siempre es ordinaria

Ese tipo de junta no son legales.

Debera impugnar el acuerdo cuando se apruebe

 

Fin del hilo
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