Buenas tardes,quería exponer una duda….mi vivienda esta situada en un edificio compuesto por diez viviendas, dos locales, y parking en la planta sótano. Este edificio es parte de un proyecto que se compone de diez edificios, cada uno de ellos con su acceso particular, pero los sotános están comunicados, ya que entre los diez edificios conforman un gran parking con una sola puerta de entrada y otra de salida. En este parking hay constituida una comunidad, gestionada por una administrador de fincas. Por otra parte en mi edificio aunque tenemos constituida la comunidad, debemos regularizar la situación, ya que sólo participamos los propietarios de las viviendas ( sin ningún problema después de unos 25 años hasta el día de hoy). Por ignorancia nunca pensamos en hacer partícípes a los locales o al parking de nuestra comunidad. Ahora que los locales han sido comprados y se están usando comercialmente, los haremos partícipes de la comunidad en lo que corresponda, así como a los propietarios de las plazas de aparcamiento pertenecientes a nuestra finca.
Mi duda es la siguiente: teniendo en cuenta que el sótano correspondiente a mi edificio está dividido en unas dieciseis propiedades entre plazas de parking y algún trastero ( según el título de división horizontal) que entre todas tienen una cuota de 12,80%,¿ representa el adminisrador de la comunidad de los aparcamientos a esas 16 plazas o debe ser estos propietarios indivudualmente los que deben participar en nuestras juntas? y en todo caso ¿debe dicho administrador informarnos de los datos de estos propietarios para poder comunicarnos con ellos para regularizar esta situación?
Espero vuestras opiniones. Gracias de antemano.
Saludos