Depende mucho de como se gestiona la comunidad, lo correcto es hacer todos los años un presupuesto y ceñirse a él, no sobraría más que lo que corresponde al fondo de reserva, si la cuenta va a menos, se establece una derrama, de ahí no es legal retirar nada.
Si en la liquidación aparecen los saldos individualizados y el propietario X tiene +Y, ya le está reconociendo el administrador que tiene superávit, entonces si es retirable.
Si en junta se decidió en algún momento, dejar una cantidad como fondo de maniobra, no lo puede exigir ahora. Cada comunidad es un mundo y tiene sus peculiaridades.