Volver al foro
Victor63
Victor63
15/03/2021 21:05

Declararse disidente.

¿Puedo declararme disidente y no pagar la derrama mensual por una obra no necesaria?

3.639 lecturas | 10 respuestas
Buenas noches a todos.
Quería haceros otra consulta.
En mi comunidad (12 portales) tenemos un problema que ya comenté anteriormente.
El ayuntamiento nos requiere a acometer arreglos en la fachada por peligro de caída a la vía pública, pero el peligro no está en toda la fachada sino que son problemas puntuales.
Sin embargo la comunidad ha decidido en Junta ir más allá y hacer una obra de fachada envolvente (ventilada) que es mucho más costosa que llevar a cabo reparaciones puntuales de la fachada requeridos.
Mi pregunta es si puedo declararme "disidente" y no pagar la derrama mensual al no ser la obra "necesaria" la si no de "mejora".
Gracias.
La pregunta es
 
M
Mel19
23/03/2021 18:20

Ah 3/5, sabe Ud. más que nadie.

Lea y aprenda.

29 de Octubre de 2018

La renovación de la fachada mediante la ejecución de una fachada ventilada no es una obra de mejora sino de conservación y por tanto de obligada ejecución cuando se solicita por varios propietarios.

Varios propietarios, mitad + 1 

https://www.administradoresfincasasturias.es/la-ejecucion-de-una-fachada-ventilada-es-una-obra-necesaria-722.html

 
Victor63
Victor63
23/03/2021 08:53
Hola, no necesita mayoría simple sino mayoría de 3/5 partes de los propietarios, que no se consiguió en la votación.
El ayuntamiento nos conmina a arreglar varios desperfectos de la fachada, que es obra necesaria, pero la administración nos planteó que además de los arreglos se hiciese fachada ventilada, que es obra de mejora y necesita el apoyo de las 3/5 partes.
 
M
Mel19
16/03/2021 21:28

Ese acuerdo necesita la mayoría simple, si el acta está mal redactado, el proceso de impugnación se queda en nada, los errores en acta son subsanables, con esa hipotética impugnación, no se consigue nada más que se dilate la ejecución de los trabajos suponiendo que se haya adoptado medidas cautelares, si no se han adoptado, todo sigue para adelante y si no abona la derrama le declararan impagado, no podrá Ud. ejercer su derecho a voto en la próxima reunión, lo que puede provocar más problemas para Ud. supongo que su abogado ya se lo advertirá.

 
Victor63
Victor63
16/03/2021 19:21
Si, claro.
 
U
unocon
16/03/2021 19:17

Victor63 dijo:
La dirigió una administradora profesional.
¿Esta colegiada?

 
Victor63
Victor63
16/03/2021 17:06
La dirigió una administradora profesional.
 
M
Mel19
16/03/2021 16:57

¿Y quién dirigió la reunión? ¿Están Uds. dirigidos por un administrador profesional? Ya que celebrar una reunión donde la dirección de la misma, recae por un vecino sin la cualificación suficiente, se queda todo en papel mojado, y como es natural el abogado que les lleve la impugnación se echa para atrás, cobrando sus honorarios naturalmente.

 
Victor63
Victor63
16/03/2021 12:51
El acuerdo que citas está impugnado en el Juzgado por una serie de razones, no costa en acta todos y cada uno de los votos, con sus viviendas y porcentajes, no se aprobó por las 3/5 partes como es obligado, etc... Por eso mi consulta.
 
Asoin
Asoin
15/03/2021 21:56

Por lo que nos dice si el ayuntamiento les está obligando , conforme al art 10 LPH la cuestión no es que mayoría hace falta para aprobar su reforma y por tanto que propietarios están conformes o no con llevarla a cabo. Hay que hacerla y lo que se discutirá es la forma de pagar la reforma. 

Otra cosa , como bien dice es que no se nieguen a hacer la reforma sino a encarecerla sobremanera buscando mejoras (en este caso envolventes) en cuyo caso si que entiendo que puede oponerse en junta y llegar al límite de impugnar el acuerdo donde se adopte si reune los requisitos del art 18 LPH. Para eso hay que tener muchas ganas e incluso dinero. Saludos. 

 
M
Mel19
15/03/2021 21:46

La pregunta debería hacerla en sentido contario.

¿Con mi disidencia puedo perjudicar a mi vecino y que me pague mi parte?

Si la contesta, ya se está contestando a sí mismo.

Tenga en cuenta, que si una persona siente que otro le perjudica, está en su derecho de solicitar al juez que aplique las leyes.

Si la mayoría de la comunidad en junta, decide que la obra es necesaria, ir en contra de la mayoría es una postura que la ley no contempla.

 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal y Política de Privacidad  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento