Lo que proporcionan en el Registro, es una certificación del título, todo está ahí reflejado, si lo que busca no aparece, simplemente es que no existe. Ud. busca si ese terreno es de su uso disfrute.
Respecto de los elementos comunes de uso privativo (ejemplo: terraza que solo es utilizada por un propietario, etc.), debe constar así en las escrituras describiéndolo como parte de la propiedad, pues si no es así, tendrá la calificación de elementos común, y el uso disfrute es de todos los propietarios sin excepción.