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B
BorriolBoss
04/03/2021 10:58

Escritura de division horizontal para NIF??

¿Para solicitar el NIF de la comunidad se debe presentar la escritura de división horizontal?

2.099 lecturas | 3 respuestas

Buenos días;

Necesito constituir una comunidad de una finca antigua. Se trata de una finca de 1966, con 4 viviendas y que no tiene constituida la comunidad. Tengo claro que los pasos a seguir son:

1.- Convocar la junta de constitucion para nombrar cargos, aprobar un presupuesto, la creacion de una cuenta bancaria, aprobar la solicitud de un NIF y registro del libro de actas.

2.- Comprar libro de actas y diligenciarlo en el registro de la propiedad correspondiente.

La duda me surge cuando me dicen que seguramente tendre que presentar la escritura de división horizontal cuando solicite el NIF con el modelo 036 o 037. He llamado al registro de la propiedad pero me remiten al notario que hizo la escritura (año 1966!!)

Es necesario incurrir en este gasto? 

No sería más rápido y económico solicitar las 4 notas simples para saber la cuotas de participación y ya está?

En un principio no veo necesario ni registrar los estatutos porque no hay ni ascensor…

Podeis informarme un poco de si voy bien?

 

Muchas gracias

 
L
luismp
05/03/2021 22:19
Una cosa es que la comunidad no esté constituida, y otra muy distinta que la División Horizontal esté hecha, y por las fechas debe estarlo.
Tienen que obtener una copia de la escritura de división horizontal (en la escritura de su vivienda constan los datos), y con ello seguir los pasos que indica borriolboss.
Pueden hacer estatutos, pero no es obligatorio, y siendo solo 4 viviendas probablemente la División Horizontal contenga las reglas necesarias para la gestión,
 
A
aserval
05/03/2021 15:06

Si nos dice que no está constituida la comunidad, se entiende que ese inmueble es de un único propietario, lo habrá dividido a posterior y nada registró.

 
A
aserval
04/03/2021 15:10

BorriolBoss dijo:

 

 He llamado al registro de la propiedad pero me remiten al notario que hizo la escritura (año 1966!!)

No sería más rápido y económico solicitar las 4 notas simples para saber la cuotas de participación y ya está?

En un principio no veo necesario ni registrar los estatutos porque no hay ni ascensor…

 

Si nadie lo registró y ahora pide notas simples al registro, ya me dirá de donde las sacan. No se da cuenta de que no hay ninguna inscripción de ese inmueble, y para inscribirlo hay que acudir al notario, con un acta de constitución, unos estatutos por unanimidad y un cálculo de cuotas que lo certifique un arquitecto.

 

Fin del hilo
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