Los asuntos se solicita al presidente con antelación a la junta, si lo considera lo incluye en la próxima reunión. Llegado el momento se le cede la palabra al interesado para que formule su argumento a la asamblea.
En ruegos y preguntas se puede solicitar un nuevo punto a tratar, pero hay que dejarlo para la siguiente reunión, en la misma, se podría tratar, pero ojo sería anulable si la impugna en el trascurso de un año, si no lo hiciese sería válida, a partir de ese periodo.
Osea………… ¿Se puede tratar? Se puede, pero no se debe, ya que es muy arriesgado.
El presidente preside la reunión, la modera, firma el acta y nada más.