En primer lugar la administradora no tiene por qué aceptar hacerse cargo de nada, es a la junta la que compete esa decisión, la junta decide como se distribuye el dinero de la comunidad que para eso es suyo, la administradora solo da las advertencias oportunas.
Efectivamente una tubería se considera privativa, una vez que entra dentro de la superficie útil de la vivienda o local, es algo que todo administrador lo sabe por ser el pan nuestro de cada día.
Sobre la reclamación de recibos, decirle que si la comunidad no se da cuenta a tiempo de una fuga de gas, dejando fugar y pagando factura tras factura, hay desidia por parte de la comunidad, no solo por el gasto, sino también por el peligro que han estado asumiendo, y naturalmente tendrán que asumir también su responsabilidad.