Hola
He estado mirando en los foros pero no encuentro la duda que tengo. Es un caso muy concreto de un edificio con dos viviendas, osea dos vecinos.
Existe escritura de división horizontal y mi parte es del 65 % de coeficiente de propiedad. Mi duda es si se cumple la condición de mayoría cualificada para hacer una piscina en un patio (considerado elemento común), el cual es de uso privativo y sin acceso del otro vecino, tanto por sentencia judicial como por escritura.
El patio tiene una superficie de 293 m3, por lo que no se inutiliza el mismo ni pierde su carácter. Repito, es de uso privativo y sin acceso del otro vecino.
Al ser una piscina se considera como nueva instalación no esencial, artículo 17.4 de la LPH, por lo que se pide una mayoría cualificada. No hay comunidad constituida. Tenemos el 50 % de los votos y el 65% de la cuota de participación.
La pregunta es ¿Podemos hacer la piscina?, cumplimos con el criterio de mayoría cualificada para este y otros acuerdos?
Saludos y gracias