Es curioso, precisamente todo es al revés de como Ud. creé
Las juntas las convoca y las dirige el presidente, el administrador toma nota de los acuerdos, ya que hace la función de secretario, su cometido es hacer lo que estime oportuno la junta.
El administrador no debería dirigirse a la junta a excepción de hacer a esta las advertencias oportunas, si es que se salen de la legalidad, y someter a votación las liquidaciones y los presupuestos.