Como he leido aqui y comparto, la figura del vocal no está reflejada en ningun sitio, solo se pudiera entender su posible necesidad en comunidades tan grandes como esta, pero repito no está contemplado en ley.
¿Tienen la obligacion de informar a sus "posibles representados"?, la respuesta es NO, él lo que debe es comunicar de las posibles necesidades que tenga su bloque al presidente y éste actuará para solucionar esas deficiencias como la ley dice.
Menudo lio debe tener el administrador en una comunidad tan grande como esa, por supuesto que no se quien es el administrador pero le deseo que tenga mucha suerte, que lo haga todo de forma clarisima y que en las juntas vaya debidamente protegido (ESPADA DEL CID por ejemplo), porque siendo tantísimos vecinos siempre te encuentras con uno que lo sabe todo, infinidad de morosos, vecinos peligrosos y demás personajes etc. etc. etc.