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terrazas, como saber si es propìedad privada o de uso privativo

¿Dónde figura si una terraza es comunitaria o de uso privativo?

4.567 lecturas | 3 respuestas

Buenos días, vivo en un edificio donde todas las viviendas tienen terraza, pero en las escrituras de división horizontal no se indica nada, ni de los m2 ni de sus caracteristicas (privadas de cada piso o comunes de uso privativo) Entiendo que es esto último porque no se ha tenido en cuenta para el cálculo del porcentaje de participación, pero de cara a futuros problemas, como puedo saberlo feacientemente? Debería de estar especificado en las escrituras o puede no indicarse? Si es un error y debe de indicarse, debería de hacerse cargo de la correción la promotora del edificio? que plazo tiempo hay para reclamarselo?Solo se mencionan cunao de habla de las lindes de las viviendas. Muchas gracias

 
Que obsesión con desempolvar temas atávicos
T
Tripolin
07/01/2024 17:05

Que yo sepa, esto es un foro de comunidades donde los usuarios, antiguos, actuales O FUTUROS, pueden entrar y ver si pueden resolver sus problemas. Ya sea con nuevos mensajes o antiguos.

Pues si en el título constitutivo (que es lo mismo que lo que usted dice), no se habla tan siquiera de las terrazas de los áticos, por mucho que usted tenga la salida exclusiva a esa terraza, no es de uso privativo y no podrá dejar ningún objeto en ella ni hacer mayor uso que el que haría usted, por ejemplo, del portal. Salir, entrar, pasear y volver a meterse a su vivienda.

Sentencia de la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo:

"La terraza que hace de cubierta del edificio no puede ser de uso privativo si no viene reconocida tal circunstancia en el título constitutivo o no es acordadado expresamente en la junta de propietarios".

Lo que dice el Tribunal Supremo es que... por el mero hecho de que solo usted tenga acceso a una zona común, ello no le da el uso privativo de esa zona. Solo si está expresado en el título constitutivo o por la unanimidad de los propietarios, tendrá usted ese uso privativo.

Que aquí le diran que si esto o que si lo otro, pero esa sentencia que le he mostrado, es jurisprudencia y manda mucho al respecto.
 

Si las terrazas no se incluyen en los metros de las viviendas, son comunitarias, deben figurar expresamente en el título, como parte de la vivienda para que sean privadas.

Si un propietario con terraza, tiene una cuota de participación mayor que otro piso con los mismos M2 sin terraza, es señal de que la terraza puede ser privativa, de todas formas en el título constitutivo puede contener el dato.

S
Somadean
02/12/2021 09:56

Muchas gracias,
en la escritura de división horizontal (que creo que es lo mismo que el título constitutivo) no aparece expresamente las terrazas. En la cuota de participación no se han incluido. Pero el acceso es sólo a través de las viviendas (cada vivienda, su terraza). En el catastro si se indican los m2 de terraza de cada vivienda, en la escritura de división horizontal solo en los bajos (que tienen jardín privativo y patio). Entiendo entonces que son terrazas comunitarias de uso privativo, no?

 

Fin del hilo
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