Ah, ¿no pasa a ser comunitario? ¿Y eso quien lo dice? Porque eso es nuevo. Ósea ¿Ud. coloca un cierre en la terraza que es de todos, se convierte en fijo, la comunidad lo autoriza o lo consiente, el vecino se aprovecha al 100% del habitáculo, los demás le regalan propiedad, no figura en documento alguno ni hay acuerdo de regalo, y todo es suyo? Y Ud. solita ha llegado a esa conclusión Curioso SI.
Por analogía y según su conclusión, cuando un vecino se coloque tubería de gas por la fachada que lo haga, cuando otros lo quieran que empiecen a tirar tubos, cables, antenas, parasoles, tendederos etc,
Ud. ha tirado la LPH al basurero.
El CC que habla del uso de las cosas según su destino, para Ud. no va el artículito BORRADO.
A avasallar, quitar derechos, perjudicar y lo que haga falta, Sin comentarios.
ARTÍCULO 2040 Cada propietario puede usar las cosas y partes comunes conforme a su destino, sin perjudicar o restringir los derechos de los otros propietarios.
Esa terraza con su cierre, siempre será comunitaria mientras no se cambie la división horizontal.