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E
EBTGR
23/02/2022 08:33

¿Puede el presidente cambiar las condiciones contractuales a un nuevo portero?

¿Puede el presidente cambiar las condiciones contractuales del portero sin haberse aprobado en junta?

2.411 lecturas | 8 respuestas

Hola!!

acaba de jubilarse el portero de mi edificio, y el nuevo presidente ha cambiado (mejorado) las condiciones del contrato del nuevo conserje (que para más información es su amiguete) sin consultar ni informar siquiera a los propietarios.

Según la Ley de Propiedad Horizontal, entiendo que el presidente se ha extralimitado en sus funciones, ya que estos cambios deberían haber sido aprobados previamente en una junta con mayoría simple. ¿Es correcta mi interpretación?

Muchas gracias a todos y un saludo!

 
L
luismp
24/02/2022 11:52
Como explica melquiades222, se puede hacer una junta, para decidir si la comunidad se traga el problema o no.
Pero como el contrato es totalmente legal, y el trabajador no tiene ninguna culpa de la incorrecta actuación del presidente, si se decide solucionar el problema, solo hay dos soluciones, negociar con el trabajador, o despedirlo y asumir el coste del despido.
 
M
melquiades222
24/02/2022 10:06

Veamos si se puede o no impugnar.

Se le ha indicado que primeramente debe haber una junta convocada por el 25%, de ella puede resultar, que se quede como o está o que se revoque la decisión arbitraria del presidente por cometer un abuso de derecho. Si sale la revocación de la decisión, a ese trabajador se le despide, y si sale que se quede, el copropietario que no esté de acuerdo con que se quede, puede impugnar esa decisión de la junta.

Suponiendo que la cuarta parte de la comunidad esté conforme en realizar una junta para revocar un contrato con ese trabajador, ya tiene muchas posibilidades de echarle, solo hace falta que el 75% de la comunidad vote en contrario o simplemente que la inmensa mayoría no acuda en segunda convocatoria. Otra cosa es que el 25% convoque y únicamente acuda uno a la reunión. 

 

 
L
luismp
24/02/2022 00:55
1 El presidente es el representante legal de la comunidad ante terceros.
2 El presidente ha firmado un contrato con un tercero. Totalmente legal.
3 No se puede impugnar nada.
 
carolinevega
carolinevega
23/02/2022 22:23
Esa actuación del presidente es imposible impugnarla, dado que no ha sido tratada ni aprobada en junta.
 
M
melquiades222
23/02/2022 21:55

Es una decisión irregular, pero si es, legal o ilegal lo determina el juez, mientras este no se pronuncie, es una decisión contaría a la ley, que hay que impugnarla, mientras eso no se haga es válida y ejecutable, tiene un año de caducidad, trascurrido ese año, queda convalidada por ausencia de impugnación.

Si no se acoge a la ley, es contraria a ella, pero la ilegalidad es una decisión judicial, nosotros no somos jueces para aplicar la ley, y esto es así, puesto que sino, cada cual aplicaría su criterio y sería la ley de la selva.  

 
L
luismp
23/02/2022 18:08
No, la decisión no es ilegal. Es irregular por parte del presidente, pero legal.
 
M
melquiades222
23/02/2022 17:06

Es muy fácil, si un grupo de propietarios que ostenten un 25% de cuota de participación no está de acuerdo con esta decisión, pueden convocar junta y revocarla,

 
L
luismp
23/02/2022 09:52
Totalmente correcta, estas decisiones competen, única y exclusivamente, a la junta de propietarios.
Es algo que mucha gente no entiende, el presidente no es nadie en una comunidad, no puede decidir nada.
 

Fin del hilo
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