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G
georgeone
20/06/2022 14:26

Elección de Presidente retorcida?

¿Se debe sortear a partir de qué puerta debe empezar a correr el turno?

1.846 lecturas | 9 respuestas

 


Mi comunidad es de más de 50 puertas.

Hasta ahora, los cargos se elegían por sorteo.

En la última Junta se decidió cambiar y elegir por turno rotatorio por

primera vez.

¿Cómo se debe establecer? ¿Se debe comenzar  por el 1ºA y terminar por

el 9ºH? Si fuese así los de los últimos pisos tardarían más de 50 años en

poder ser Presidente.

¿Se debe, en primer lugar, sortear a partir de qué puerta debe empezar a

correr el turno?

 Mis vecinos me han elegido Presidente, en una Junta en la que no estuve,

a pesar de vivir en un piso intermedio. Me consta que no hubo sorteo de

puerta de comienzo. Desconozco por qué han obrado así, supongo que me

quieren con locura.

 ¿Puedo negarme alegando estas irregularidades en el procedimiento y

exigir nueva elección por cauces más razonables y justos?


 Les agradezco su atenciön.

 

 

 
carolinevega
carolinevega
27/06/2022 22:10
Georgeone, lleva usted razón, cometí un lapsus.
Vamos a ver una cosa:
Una es como ha sucedido su nombramiento, que ya se ha dicho ancho y profundo y la otra es que puede hacer si no está de acuerdo?
Pues la única vía es la impugnación. Para ello deberá buscar abogado y procurador
 
A
AltosMarbella
27/06/2022 21:50
Georgeone.

Veo que de educación y respeto andas más bien escaso.

Si no te gusta lo que te contestan te aguantas o por lo menos no faltas al respeto a aquellos que te han tratado de ayudar.

Te repito: artículo 13.2 de la Ley de Propiedad Horizontal “El presidente será nombrado, entre los propietarios, mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo”.

La forma “preferida” por la ley de elegir al Presidente es mediante elección. SUBSIDIARIAMENTE, turno o sorteo.

Tu comunidad se ha reunido y el orden del dia se señala “Elección de Presidente”:

* el Presidente anterior, que supongo es quien lleva la reunion dice, “Vamos a elegir presidente” ¿que os parece si a partir de ahora lo que establecemos es un turno rotario a partir de ahora?

* sí, buena idea

* ¿o parece que elijamos por votación a Georgeone que todos sabemos que es un maleducado y a ver si así aprende a convivir?

* si venga vale, elegimos a Georgeone, ya veras la cara que pone … para partirse

Y te han elegido presidente de acuerdo con la Ley de Propiedad Horizontal articulo 13.2

El proximo año tendréis que decidir si elegís por turno rotatorio, sorteo o votáis y vuelves a salir tú como el peor educado de toda la comunidad.

Dime en que articulo de la LPH se regula como se hace el sorteo del “turno rotatorio”. Yo te digo en el articulo (13.2) en el que se señala que la elección por votación de presidente de la comunidad va a misa.

Es como si con un dos de copas pretendes decir que ganas a un as de oros … cuando pinta en oro.

La próxima vez ten un poco más de respeto para los que han tratado de darte una respuesta, aunque no fuera la que tú querías.
 
G
georgeone
27/06/2022 21:24

Dicho de otra manera:

Unos vecinos se reunen y acuerdan:

- Queridos niños: A partir de ahora vamos a elegir presidente mediante turno rotatorio, hasta este preciso momento lo hacíamos por sorteo pero ya no nos gusta.

- ¡Ya no nos gusta! ¡Ya no nos gusta!

- Y vamos a empezar el turno con el vecino del tercero, ya veréis qué risa.

-¿Pero no decías que era por turno? Habría que elegir primero por donde empezar.

- Ya, pero aquí lo que importa es que yo vivo en el segundo y como el turno corre para arriba y además aquí hay más de 50 puertas tendrán que pasar más de 50 años para que yo sea presidente.

 

Altosmarbella, sigues sin enterarte: Que SE HA ELEGIDO POR TURNO ROTATORIO AL VECINO DEL TERCERO porque sí, sin sorteo previo para ver a partir de donde se empieza. QUE NO HA SIDO POR VOTACIÓN. Que no es que se hayan saltado el turno, que es que no había turno. Que la elección por turno rotatorio y la elección por votación son conceptos distintos.Que los turnoss que empiezan por donde se le antoja a un tío son, cuando menos, sospechosos. Y no me vengas con la ley esa que tanto te gusta... No me vengas con la ley

De todos modos, no es necesario que me orientéis más. Quedo agradecido.

PD: Hasta los políticos, que todos sabemos como son, realizan un sorteo previo para ver por quien se empieza cuando hacen una votación presencial.

 
A
AltosMarbella
27/06/2022 19:09
Georgeone.

No es capacidad de comprensión lectora, así es la ley.

En el orden del día de la Junta de Propietarios se señalaría, supongo “Elección del Presidente” o algo parecido.

Da igual como se hiciera en el pasado, si en esa Junta de Propietarios se decide elegir al presidente por votación - que es como en primera instancia señala la Ley de Propiedad Horizontal que debe s elegirse un presidente - y se vota que eres tú … lo siento ¡ ERES EL PRESIDENTE !

En ningún sitio se obliga a que se siga el método habitual de selección del presidente y si el orden del día no decía expresamente “designación de Presidente por sistema rotatorio” sino solamente “elección de presidente” … la Junta ha elegido a su presidente de acuerdo a la ley.

No te gustará, pero es así … salvo que vayas a un abogado y trates de convencer al juez de que el cambio en la forma de elección del presidente requería ser específicamente detallado en el orden del día.
 
T
tarugo
27/06/2022 18:39

El primer interviniente que le ha contestado, le ha orientado correctamente o ha hecho de forma correcta, no se trata de auxiliarle, se hace con la intención de orientarle, aunque si es verdad que las contestaciones de algunos desorientan.

 
G
georgeone
27/06/2022 18:03
Ya veo que su capacidad de comprensión lectora no da más de sí. Por favor, no me auxilien más. Gracias.
 
A
AltosMarbella
25/06/2022 16:41
Art.13.2
2. El Presidente será nombrado, entre los propietarios, mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo. El nombramiento será obligatorio

La Junta de Propietarios elige al presidente. Y puede decidir cada vez el método.

Si la junta ha optado por elegir al Presidente por votación, y sus vecinos le han votado a usted … ¡ENHORABUENA! usted es el presidente.

El cargo es obligatorio, no puede renunciar.

Ahora bien, no veo la ventaja en elegir a un presidente que no tiene ningunas ganas de serlo y que no acude a las juntas. Su comunidad opta por dejar su funcionamiento en manos del adminitrador o de nadie,
 
carolinevega
carolinevega
20/06/2022 19:51
Cuando es por sorteo, lo más lógico es elegir por sorteo por donde empezar.
Art.13.2
2. El Presidente será nombrado, entre los propietarios, mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo. El nombramiento será obligatorio, si bien el propietario designado podrá solicitar su relevo al Juez dentro del mes siguiente a su acceso al cargo, invocando las razones que le asistan para ello. El Juez, a través del procedimiento establecido en el artículo 17.3 resolverá de plano lo procedente, designando en la misma resolución al propietario que hubiera de sustituir, en su caso, al Presidente en el cargo hasta que se proceda a una nueva designación en el plazo que se determine en la resolución judicial.
Igualmente podrá acudirse al Juez cuando, por cualquier causa, fuese imposible para la Junta designar Presidente de la comunidad.
Eso que le ha sucedido , tal vez no hubiese ocurrido si hubiese acudido a la junta.
De cualquier forma, el ser presidente , no es un cargo que lleve trabajo alguno
 
C
chocholo
20/06/2022 18:37
Es muy sencillo, los turnos siempre son de abajo arriba, empiezan de derecha a izquierda, o de A, B,C........... en su caso, como ya a habido presidente, anterior, el siguiente sería el vecino de la siguiente mano o siguiente letra o siguiente planta.
 

Fin del hilo
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