Vamos a ver, lo primero es que para que se decida cortar la luz de un garaje además de ser rarito, debe estar aprobado en junta. Pero aún así, ese acuerdo es nulo si se impugna (plazo de 1 año por ser contrario a la LPH, pero data prisita por si acaso).
La propia LPH, en su artículo 10.1 (Letra A), deja claro que es obligatorio, entre otros, que los servicios estén en perfecto estado y que sean funcionales.
Cita:
a) Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación.
Y ojo porque este, digamos, mantenimiento o obras necesariasa para la adecuación, NO NECESITAN DE VOTACIÓN (tal como dice el inicio del mencionado artículo).
Cita:
1. Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por las Administraciones Públicas o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones:
.Así que lo primero que tienes que hacer es exigírselo al presidente. Y si no le da la gana, al administrador por escrito. & si puede ser por carta certirficada a ambos, mejor. Se les va a quitar de golpe el cachondeo cuando lo lean por carta certificada.
Saludos y suerte.