Buenos días
veréis, tengo una duda con la que espero me ayudéis.
En mi comunidad se convocó una reunión, a mi juicio importante, en una fecha en la que yo no podía estar presente por estar fuera de la comunidad autónoma.
Puesto que la reunión estaba convocada a un mes vista y con la esperanza de que cambiasen la fecha informé al administrador de mi situación.
La respuesta fue que delegase el voto.
Aunque puedo llegar a entender la respuesta del administrador, no la comparto. La respuesta que me dio fue la más fácil para él.
Mis dudas son:
- quien debe convocar la reunión, el administrador o el presidente de la comunidad?
- entiendo que no se pueden hacer las reuniones a gusto de cada uno, pero hombre…. habiendo informado de mi situación creo que algo se podía haber hecho. Se puede impugnar la reunión?
Gracias por vuestra ayuda