Para ser comunidad unica teniamos que cumplir lo que dice el artículo 24.2 a) que nos remite al artículo 5 apartado 2 , " En el mismo título se fijará la cuota de participación que corresponde a cada piso o local, determinada por el propietario único del edificio al iniciar su venta por pisos...." y apartado 3 " Para su fijación se tomará como base la superficie útil de cada piso o local en relación con el total del inmueble....." El art. 5 apartado 4 no obliga inscriir el Título por el Registro , cuando dice " El título podrá contener ademas de las reglas de constitución y ejercicio del derecho.....formando un estatuto privativo que no perjudicará a terceros, si no ha sido inscrito el el Registro de la Propiedad"
Nosotros cumplimos el 24.2 b) “….. Asímismo fijará la cuota de participación de cada una de las comunidades integradas, las cuales responderán conjuntamente de su obligación de contribuir al sostenimiento de los gastos generales de la comunidad agrupada. El título y los estatutos de la comunidad agrupada serán inscribibles en el Registro de la Propiedad”
El 24.2 b) no habla de que la cuota de participación que corresponde a los pisos o locales, como lo hace el art. 5, habla de cada una de las comunidades integradas en la Comuniad Agrupada. Y nosotros no tenemos una única cuota de participación, tenemos 1 por el bloque y otra del total del bloque en la Comunidad Agrupada para contribuir al sostenimiento de los gastos generales de la misma.
El apartado segundo del art. 24.3 “La competencia de los órganos de gobiernos de la comunidad agrupada unicamente se extiende a los elementos inmobiliarios, viales, instalaciones y servicios comunes. Sus acuerdos no podrán menoscabar en ningún caso las facultades que corresponden a los órganos de gobierno de las comunidades de propietarios integradas en la agrupación de comunidades”
Por todo esto considero que sse están vulnerando, o usurpando derechos de las subcomunidades” al no poder gestionar nuestras propias cuentas; y se podría estar bulnerando la protección de datos.