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J
JulianVilla
03/03/2023 17:53

¿No realizar una provisión de fondos es ser un moroso?

1.103 lecturas | 5 respuestas

Buenas tardes,

  Por favor, ¿no realizar una provisión de fondos me convierte en moroso?

Gracias

 
E
elchupacabras
05/03/2023 17:52

Moroso es aquel que no ha cumplido a tiempo sus obligaciones vencidas. Suele emplearse para designar a quien paga más tarde de lo acordado o tiene deudas vencidas que no ha pagado. Los efectos de la morosidad se regulan en el Código Civil, así como en el contrato que regule la obligación incumplida.

El moroso puede ser una persona física o jurídica. Su estatuto lo determina el incumplimiento de una obligación a tiempo. Por tanto, aunque cumpla su obligación, una persona será morosa desde el momento en que venció el plazo para hacerlo.

 
L
luismp
05/03/2023 14:22
Esto es muy sencillo. Una derrama, debidamente aprobada en junta, debe ser pagada de acuerdo al plan de pagos aprobado.
Y el hecho de que sea una obra presente, futura, una previsión para el futuro, etc. no tiene ninguna significación.
 
carolinevega
carolinevega
05/03/2023 13:16
El dinero nunca estará en manos de nadie y menos del administrador, a no ser que la comunidad sea tan inocente (por decirlo de forma suave) , que la cuenta no esté a nombre de la comunidad, y que no esté mancomunada.
La comunidad si puede acordar una derrama para provisión de fondos para obra a realizar en un tiempo, sin que exista presupuesto alguno aprobado.
Y por supuesto que si tiene obligacion a contribuir a dicha derrama.
Si no está de acuerdo, deberá impugnar el acuerdo

 
lola99
lola99
05/03/2023 03:32
Solo por prevision de fondos, no.
Ahora mas a fondo.
Si lo hace la comunidad sin tener aprovado ningun presupuestto en junta, solo por recaudar un dinero sin tener fecha de fin de recaudacion, Ninguna, es mas le diria que para que el dinero este en manos del administrador esta en sus manos que para eso es dinero.
Si se a aprovado en junta un presupuesto con unas derramas mensuales, Tampoco esta obligado a hacer efcetibo de esos recibos de derramas.Lo que no implica que pague las obras, me explico....Lo que si esta obligado es a pagar las obras que se hagan y aprueben en junta y que el pago este antes del comienzo de las obras o de una fecha que se acuerde en junta anterior siempre a al comienzo de las obras.
En resumen, las obras que esten aprovadas en junta se tienen que pagar siempre, otra cosa es como las pague siempre y cuando esten abonadas antes del comienzo de las obras.
Espero que mi explicacion sea entendida.
Por ultimo como le dije su dinero es suyo, y el administrador no es un banco para recaudar dinero sin ton ni son
 
C
comunidadtorresol
04/03/2023 15:58
Si se ha aprobado en Junta Propietarios y detallado el concepto y emitida el acta.
Si Ud.,no paga será Moroso.
Saludos
 

Fin del hilo
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