Hola compré un piso en 2018 en una comunidad de solo 4 propietarios.
Cuando compré se refleja en Escrituras de compra que habiendo una deuda con el Canal de Isabel II de 2.800€.
El Canal de Isabel II concedió el pago aplazado de la deuda en 12 mensualidades.
Uno de los propietarios es un banco, tiene el piso cerrado y no paga. Se acordó en junta extraordinaria repartir entre los otros tres vecinos la deuda con Canal de Isabel II, y recuperar el importe del piso que no paga, cuando se ponga al corriente en sus pagos.
Por mi parte, pagué la parte de mi deuda durante los 12 meses convenidos.
Desde que compré estoy transfiriendo a la cuenta del la comunidad cada mes mi cuota de la comunidad y cada dos meses la parte fija que me corresponde por el agua.
Desde que compré hay un presidente pero no se celebran juntas. Desconozco todo de esta comunidad. Le he pedido al presidente que se celebren juntas pero dice que trabaja fuera y me da largas a todo.
Como no me gusta esta situación, decidí vender el piso.
Hace unos meses hablé con el presidente y le dije que me tendría que firmar un documento donde diga que no tengo ninguna deuda con la comunidad. Me dijo que me lo firmaría sin problema
El piso ahora está vacío, lo he tenido alquilado hasta ahora. Ahora he hecho reforma y lo pienso vender.
Me gustaría saber si con el documento donde diga que no tengo ninguna deuda con la comunidad es suficiente para la venta. Ya que como desconozco totalmente los papeles de la comunidad, podría darse el caso de que en esa comunidad el único que pague a la comunidad sea yo y el posible comprador una vez lo hubiese comprado, se encontrarse con que la comunidad pudiera tener deudas con el Canal de Isabel II.