Buenas tardes, me gustaría saber si la ley de pagos a proveedores es aplicable a las comunidades de propietarios.
Hay un artículo en la ley que dice que no es de aplicación a los consumidores.
En mi comunidad solo nos prestan servicios, no se cobran alquileres. ¿Podríamos considerarnos consumidores de servicios?
¿Alguien me puede aconsejar?