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K
koreka
28/06/2023 18:36

Unanimidad

590 lecturas | 3 respuestas

Mi pregunta es sencilla.

¿Pueden votar los morosos en la adopción de acuerdos que requieren unanimidad?

 
F
Fixin
29/06/2023 14:59
La doctrina está dividida entre los que creen que el moroso no puede votar y por lo tanto ni su voto ni su coeficiente se computa a efectos de alcanzar las mayorías exigidas en la Ley (AP Zaragoza 14/1/2003 y AP Valencia 17/10/2001) y otra parte de la doctrina cree que sí, que pueden votar ya que la redacción del art.15.2 LPH permitiría una interpretación tendente a dejar fuera de la regla los acuerdos comunitarios sometidos a unanimidad.
 
carolinevega
carolinevega
29/06/2023 14:40
Existe un gran debate y discrepancia sobre si la privación de voto a los propietarios morosos alcanza también a los acuerdos que requieren unanimidad.

Por desgracia hay escasas sentencias que traten de este tema. De todas formas parece que la doctrina mayoritaria establece que los morosos no pueden ser privados del voto cuando se trata de acuerdos que requieren la unanimidad y, en todo caso, cuando esos acuerdos le afectan directamente.

No sé qué tipo de acuerdo unánime estáis hablando, pero por razones de prudencia, si es un acuerdo trascendente, entiendo que el voto del moroso debe ser contabilizado. Pero es una opinión personal Cualquiera de las dos posturas son judicialmente defendibles y el resultado es incierto.
 
L
laautentica
29/06/2023 14:22
SI
 

Fin del hilo
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