Hola a todos, disculpas por tardar tanto en responder, es que no me queda tiempo de nada, entre mi vida personal y la vida de presidente, y lo justo para dormir, ya no me queda nada de tiempo de las 24 horas del día .
Os agradezco vuestros comentarios que para mi son muy valiosos, lo de anunciar la dimisión del administrador por llamarle de alguna manera a mitad de julio, ya me han comentado que esta echo a mala leche, igual que me comentáis alguno de vosotros. El 28 de julio, convoque como pude una junta extraordinaria, y nombramos a un nuevo administrador, el cual se iba de vacaciones y me invito a esperar a su vuelta aludiendo que es un mes complicado, que seguramente el antiguo administrador tampoco estaría por la labor del traspaso de documentación al irse también de vacaciones etc. etc.
La cuestión es que, a día de hoy, estamos en las mismas, esperemos que la cosa comience a moverse en septiembre. Os voy a comentar algunas dudas que para mí son fundamentales, tengo tantos temas que tratar con el nuevo administrador, que estoy haciendo un documento que no acaba nunca.
1 la administración saliente, aparte de sus honorarios, siempre nos ha cobrado, 130 € + IVA en concepto de suplidos, en algún ejercicio de estos últimos, ni tan siquiera ha enviado nada, por tanto, los propietarios nos preguntábamos, iba a tener la cara de cobrarnos este concepto de suplido. Pues resulta que no lo ha cobrado, pero en su lugar, nos cobra con importe de los mismos 130 €, un concepto que se ha sacado de la manga porque nunca lo ha cobrado y es el de” tramitación de impuestos”. Considero que es reírse de toda la comunidad, mi pregunta es si puede cobrar por un concepto o por hacer algo como imagino que debe de ser la tramitación del modelo 347, si nunca lo ha facturado, lo ha hecho ahora para seguir cobrando los 130 € y para que no se le diga que cobra por unos suplidos que no se han producido.
La verdad es que nadie de la comunidad. Ha sabido decirme si existe un contrato firmado con esta gente sobre sus obligaciones, llevaban muchos años en la comunidad haciendo a sus anchas ya que la comunidad pasaba de preocuparse, yo apuesto a que no hay contrato alguno firmado.
2 resulta que me he enterado, de que el Ayuntamiento, nos ha impuesto ya 4 multas coercitivas por no atender su orden de presentar una vez acabadas las obras de rehabilitación de la fachada el certificado de final de obra o certificado de seguridad, por lo visto, en el expediente del propio Ayuntamiento, figura que se la requerido varias veces tanto al administrador como al arquitecto que presenten este certificado y han pasado totalmente del tema. Tenemos 4 multas, de 300 €, 600 €, 900 € y 1200 € Entiendo que se han de pagar las 4, es decir, que no vale la última en sustitución de la anterior, si se han de pagar las 4, ya vamos por 3.000 €, más imagino que la demora por no pagar, porque imagino que no las han pagado, ¿es correcto que se tengan que pagar las 4?.
Yo creo que es una negligencia tanto de la administración como del propio arquitecto, esto del certificado deberían de saberlo, pero es que con las notificaciones que les han enviado y dejar que la situación siga es de juzgado de guardia. Imagino que esto ha de pagarlo bien la administración saliente, el arquitecto o ambos, pero no la comunidad y si no lo pagan, no se si sería un acto de mala praxis al menos por parte del administrador. ¿Qué hacer ante una situación como esta?.
3 Se que van a salir sorpresas como estas cuando nos remitan la documentación, más bien cuando le remita la documentación al nuevo administrador, porque yo como presidente le he pedido varias veces y no le ha dado la gana de dármela, en cuanto se la entregue al nuevo administrador, lo primero que voy a hacer, es pedírsela , el administrador saliente, solo quiere entregársela al entrante, entre ellos no se hacen daño, ahora bien, espero que el nuevo administrador este a la altura y defienda los intereses de la comunidad como debe de hacer.
Entiendo, que si las cuentas no cuadran, por las sospechas que ya tenemos, el primer paso será no aprobar las cuentas, ¿correcto? Pero y que pasa a partir de aquí, es decir, no se aprueban las cuentas porque no son correctas y se está perjudicando a la comunidad, pero ¿qué pasa si las cuentas del administrador saliente que presentará el nuevo administrador para su aprobación no se aprueban?.
Un saludo a todos y gracias como siempre.