Es correcta esta respuesta despues de realizar una junta extraordinaria y esperar el acta.
Nos ponemos en contacto con ustedes para notificarles que en la junta extraordinaria celebrada el pasado 10/07/23, se acordó que en relación a los trabajos de rehabilitación de la fachada, se retuviera al constructor por parte de la comunidad el 20%, es decir 3.852,00 € más IVA, hasta que no se ejecutasen los trabajos de subsanación de la terraza del Ático 2ª.
.- Así una vez expuesto lo anterior, se informa que transmitida dicha información al constructor, este manifiesta su disconformidad, dado que según él la reparación de la terraza del Ático 2ª tendría un coste aproximado de unos 500,00 €, e indica que la arquitecta, a la cual ya se lo ha comentado considera también que es una retención muy elevada.
.- No obstante el consideraría correcto que se le retuviera el 10% en lugar del 20% acordado en junta, indicando además en el presupuesto firmado por la comunidad para la rehabilitación de la fachada no se hacía en ningún momento referencia a que el pago de la misma estuviera condicionada con la reparación de la terraza del Ático 2ª.
.- De tal forma restamos a expensas de si la comunidad está o no de acuerdo con modificar el porcentaje de retención de los trabajos de rehabilitación de la fachada tal y como solicita el constructor.
.- También aprovechamos la presente para notificar que en relación a la visita de la arquitecta a la comunidad para verificar los trabajos y los anexos presentados por el constructor, la misma no se podrá realizar hasta finales de Agosto, dado que por temas personales se encuentra fuera de España.
este industrial hace tres años que deve realizar esta reparacion y no lo hace y los industriales que han venido a ver la terraza como no hay posivilidad de encontrar las mismas baldosas dicen que ha de hacerse de nuevo por el tiempo pasado, incluso un perito del seguro que presupuesto la reparacion en 1800 €. Hay que hacer otra reunion y un nuevo acta o se puede modificar la inicial?