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Xatcla
Xatcla
30/10/2023 10:16

quiero hacer un préstamo a la comunidad de vecinos para arreglo de reforma urgente

¿Es válido hacer un préstamo con la comunidad de vecinos para pagar la reparación de la tubería comunitaria?

2.018 lecturas | 6 respuestas

Buenos días, tengo la siguiente duda, tengo un piso en la planta baja y debajo de esta vivienda pasa una tubería comunitaria que está en muy mal estado, y está causando humedades en la vivienda, además de que tiene que venir el camión cuba cada 2 o 3 meses.

Hemos pedido presupuesto, y el coste de la reparación es de unos 5.000 euros, el problema es que actualmente no hay dinero en la comunidad para pagar esta derrama, pero la reparación se debe hacer de forma urgente.

Mi idea es hacer firmar un préstamo con la comunidad de vecinos por esos 5.000 euros y que los vecinos me lo vayan pagando, si me lo pagan de 1 a 6 meses el interés sería 0%, y a partir del 7 mes sería un 5% (no me quiero lucrar con intereses pero quiero que no tarden en devolverme el dinero), entiendo que este planteamiento sería totalmente válido, sólo habría que ponerlo en el orden del día, y hacer un contrato privado de préstamo entre yo y la comunidad de vecinos, ¿Verdad?

 
A
AltosMarbella
01/11/2023 14:59
Sí, legalmente puede hacerlo con solo que se convoque una junta con la reparación y el préstamo en el orden del día y se apruebe por mayoría simple - votos y cuotas- de los presentes.

Ojo, recuerde que a efectos de IRPF cualquier préstamo se supone retribuido, por lo que usted tendrá que tributar por el mismo. Si no cobra intereses y cumple una serie de requisitos administrativos previos, podrá evitar que en el IRPF se considere que este préstamo le rinde intereses … pero en cuanto empiece a recibirlos tendrá que pagar.

Sinceramente por una máximo de 250 euros al año … yo no cobraría intereses … le van a generar incomodidades fiscales y … ¿es suficiente dinero para animar a la comunidad a que le pague?

Yo en su lugar pondría un plazo máximo para el cobro - 6 o 12 mese - y una cláusula de protección: que usted pueda aplicar lo que se le debe - incluso antes de vencido el plazo de pago- como parte o total del pago de sus cuotas comunitarias - ordinarias o extraordinarias - o cualquier otro pago a la comunidad. Si sus vecinos son unos impresentables y no pagan … usted “solo” habrá anticipado unos años sus pagos a la Comunidad.

En cualquier caso entiendo que su Comunidad incumple la ley (LPH) y no tiene un fondo de reserva para - que está para estos casos.

¿Tienen ustedes Administrador y este tiene la cara de cobrarles por “sus servicios”?
 

Fin del hilo
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