Buenos días,
Nuestra comunidad, como la mayoría, tiene externalizado el servicio de socorristas.
Mi pregunta es ¿que responsabilidades legales tiene la Comunidad de Propietarios ante los abusos en los horarios de trabajo de los socorristas. Dependiendo de la temporada el socorrista hace una jornada – sin descanso – 6 (de 11:00 a 17:00) a 12:00 (de 09:00 a 21:00) horas.
En esos horarios o las pisicnas están abiertas de forma continuada y requiren – por la ley andaluza – de la presencia y vigilancia continua de un socorrista. Eso significa que en algunos meses del año tenemos a una persona durante 5 días a la semana haciendo jornadas continuas de 12 horas diarias sin descanso.
Me parece que hay un exceso de horas diarias sin pausas ni descanso – hasta 12 horas cuando entiendo que a partir de la 6 horas continuadas hay descansos obligatorios – y en el total semanal.
¿Que resposabilida puede tener la Comunidad de Propietarios cuando obviamente somos con coceadores de esta situación y la permitimos?